Tribunal burocrático de Tamaulipas retrasa emisión de Laudo con excusas ilegales

Sede del Tribunal de Conciliación y Arbitraje para los Trabajadores al Servicio del Estado y los Municipios (Tcatsem), en el Edificio Tiempo Nuevo en Ciudad Victoria, Tamaulipas, México.

Ciudad Victoria, Tamaulipas, México.- El Tribunal de Conciliación y Arbitraje de los Trabajadores al Servicio del Estado y los Municipios (Tcatsem), retrasa demasiado tiempo la emisión de un Laudo en un juicio laboral, seguido en contra de una dependencia, cuando tenía diez días para hacerlo, por lo que mediante la sentencia 1740/2021, el Poder Judicial Federal otorgó el amparo para que se emita la resolución correspondiente.

Pedro Soham Roque Verdines, secretario en funciones de Juez, del Juzgado Segundo de Distrito en Victoria, determino que, el Tribunal responsable ha inobservado lo establecido en el artículo 101 de la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado de Tamaulipas, en cuanto dispone que celebrada la audiencia de pruebas y alegatos, dentro del término diez días siguientes a ésta, emitirá la resolución respectiva, puesto que a la fecha de presentación de la demanda de amparo, que el expediente laboral esta en la etapa procesal de dictar el laudo respectivo.

De la copia certificada que exhibió como complemento a su informe de ley, la cual fue valorada en líneas anteriores, se advierte que el Tcatsem el 11 de noviembre de 2021, dictó acuerdo dentro del expediente laboral 632/M/2015, en el que otorgó tres días hábiles a las partes para que formulen alegatos, por lo que una vez transcurridos los tres días hábiles concedidos a las partes, procedería al posterior cierre de instrucción y laudo correspondiente.

El Juzgado señalo que, si la ley burocrática local prevé que el procedimiento se sujetará a la presentación de la demanda, contestación y celebración de una sola audiencia en la que las partes ofrecerán sus pruebas y alegatos, y en su caso se dictará el laudo respectivo, es incuestionable que no procede la aplicación supletoria del artículo 885 de la Ley Federal del Trabajo, pues el legislador no consideró necesario que previamente al dictado del laudo se elaborara un proyecto de resolución.

Ni que se llevara a cabo una sesión en la que se discutiera y votara aquél, por lo que de estimar lo contrario se estarían integrando a la ley burocrática local aspectos que el legislador no tuvo intención de establecer; ante lo cual el Juzgado emite la sentencia otorgando el amparo para que el Tcatsem, dicte el laudo correspondiente, dentro del expediente laboral y lo comunique a las partes.

Comparte esta noticia

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *