Desde hace 25 años la Junta 6 en Matamoros no cumple amparo en un juicio laboral

Edificio sede de la Junta Especial Número Seis de la Local de Conciliación y Arbitraje en el estado (JLCA) en Matamoros, Tamaulipas, México.

Matamoros, Tamaulipas, México.- Desde hace 25 años la Junta Especial Número Seis de la Local de Conciliación y Arbitraje (JLCA) en Matamoros, no cumple una ejecutoria de amparo, dentro de un juicio laboral, por lo que en el juicio 477/2022 iniciado este, el Poder Judicial Federal viene requiriendo a dicha autoridad estatal remita diversas constancias, de no hacerlo se le impondrá a su presidente una multa de 4 mil 811 pesos.

Edgar Ulises González González, secretario en funciones de Juez, del Juzgado de Distrito en Materias de Amparo y Juicios Federales en Matamoros, acordó “se advierte que la parte demandante refiere que mediante los escritos de fecha 17 de abril de 2107, 8 de agosto de 2019, 25 de mayo de 2020, 15 de abril y 17 de septiembre, ambos de 2021 y 1 de abril de 2022, dio impulso al cumplimiento de la ejecutoria emitida el 29 de mayo de 1997, por el Primer Tribunal Colegiado del Décimo Noveno Circuito, en Ciudad Victoria, dentro del Amparo 341/96-I.”

Este, relativo al expediente laboral 87/8/1994; de igual manera, se advierte que el presidente de dicha Junta, al momento de emitir su informe justificado no remitió la totalidad de las promociones que han sido señaladas y en su caso, el acuerdo que haya recaído a las mismas; en consecuencia, se le requirió para que dentro del término de tres días, contado a partir de que surta efectos la notificación de este auto, remita las mismas.

El Juzgado, señalo como medida de apercibimiento, que de no dar cumplimiento a lo anterior, o de no manifestar el impedimento legal que tenga para ello, con sus respectivos argumentos jurídicos, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 237, fracción I, en relación con el 259, de la ley de Amparo, el presidente de la mencionada Junta, se hará acreedor a una multa por la cantidad de 4 mil 811, equivalente a cincuenta veces el valor inicial diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).

Ahora bien, en razón de que la Junta, se encuentra gozando del primer período vacacional correspondiente a la presente anualidad, una vez que reanude labores, se le notificara el acuerdo, y para dar oportunidad a lo anterior, se hace necesario diferir la audiencia constitucional donde podría emitirse la sentencia, y se fijan de nueva cuenta para su desahogo las diez horas con cuarenta minutos del diecinueve de agosto de dos mil veintidós.

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