Tribunal deberá ajustar pensión del Issste al sueldo activo de un ciudadano en Tamaulipas

Edificio de la sala regional del Golfo Norte del Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA), en Ciudad Victoria, Tamaulipas, México.

Ciudad Victoria, Tamaulipas, México.- La Sala Regional Golfo Norte del Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA), deberá realizar el cálculo correspondiente a los incrementos a partir del 2014, que la delegación del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores al Servicio del Estado (Issste), debe realizar a la pensión de un ciudadano para ajustarlo al sueldo base en activo, ya que mediante la ejecutoria 90/2021 Magistrados Federales otorgaron amparo al ex trabajador.

Jorge Luis Beas Gámez, secretario en funciones de Magistrado, del Segundo Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y Civil del Decimonoveno Circuito en Victoria, determino que, no obstante que se trata de un órgano de plena jurisdicción, con facultades no solo para anular la resolución impugnada, sino también para determinar, como regla general, la forma de reparación de la violación cometida por la autoridad demandada, omite establecer el monto de la pensión incrementada, sin expresar una razón de por qué se abstiene para ello.

El siete de agosto del 2020, la Sala Regional Golfo Norte del TFJA, por medio de la cual, condeno, a que el delegado del Issste en Tamaulipas, o en su defecto, la autoridad que legalmente tenga competencia, emita un acto debidamente fundado y motivado donde determine los incrementos y ajustes correspondientes, y pague las diferencias con motivo de su omisión a partir del siete febrero de dos mil catorce, el ciudadano recurre al juicio de amparo.

Jorge Luis Beas Gámez, a quien correspondió estudiar el asunto, determino que, el ciudadano anexo a su escrito inicial de demanda del juicio de nulidad, una constancia de evolución salarial expedida por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT), a fin de demostrar el incremento al salario para efectos del cálculo de la pensión que le corresponde en términos del párrafo del artículo 57 de la Ley del Issste, sin que el Tribunal responsable la hubiese ponderado, sobre esa base, se considera que fue desacertado el proceder de la sala responsable

El pleno judicial otorga el amparo para que, el TFJA realice el cálculo a los incrementos que se deben aplicar en favor del ciudadano con base en los elementos con que cuenta en el juicio de nulidad, de conformidad con el artículo 57 de la Ley del Issste, con los porcentajes de incremento que resulten aplicables al enjuiciante de conformidad con la constancia de evolución salarial correspondiente a fin de establecer en qué medida debe aumentarse la pensión impugnada.

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