El TFJA omite pago de intereses y gastos por no cubrir pensión de acuerdo al salario mínimo a pensionado

Edificio de la sala regional del Golfo Norte del Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA), en Ciudad Victoria, Tamaulipas, México.

Ciudad Victoria, Tamaulipas, México.- La sala regional del Golfo Norte del Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA), en Victoria, omitió tomar en consideración las prestaciones de pago de intereses, gastos y costas y la indemnización por no pagarle la pensión de acuerdo al salario mínimo a un pensionado del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores al Servicio del Estado (Issste), ante lo cual mediante la ejecutoria 179/2021, Magistrados Federales otorgaron el amparo.

La Magistrada Estela Platero Salado, del Primer Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y Civil del Decimonoveno Circuito en Victoria, determino que, la Sala responsable violó el principio de congruencia, ya que no atendió prestaciones reclamadas, como son aquellas identificadas con los incisos D), E) y F) de la demanda de nulidad, con lo cual contravino lo puesto por el artículo 50 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo en perjuicio del pensionado.

El 23 de octubre del 2020, la mencionada Sala del TFJA, emitió la sentencia de juicio administrativo, mediante la cual condeno al Issste al pago de la jubilación de acuerdo al salario minimo y que se ajustara el faltante a cinco años atrás, ante lo cual el pensionado recurre al juicio de amparo, argumentando que se omitió tomar en consideración las prestaciones de pago de intereses, gastos y costas y la indemnización.

La Magistrada Estela Platero Salado, a quien correspondió estudiar el asunto, determino que, la Sala responsable no analizó el diverso escrito de 27 de octubre de 2013, donde el actor solicitó a la modificación a la cuota diaria de su pensión, de acuerdo a los incrementos de los sueldos básicos de los trabajadores en activo, en los términos que consta en el anexo a la demanda de nulidad del juicio de origen en copia certificada; en cambio, la sentencia sólo resolvió en relación con la solicitud que se realizó en el escrito de 5 de junio 2019.

El pleno judicial otorga el amparo para que el TFJA en Victoria, emita otra sentencia, en la que valore el escrito de 27 de octubre de 2013 en conjunto con las demás pruebas, determinando su alcance probatorio de manera fundada y motivada, en lo que corresponde a la data para computar el plazo de cinco años para la prescripción y se pronuncie sobre las prestaciones de los incisos D), E) y F) de la demanda de nulidad y resuelva lo que en derecho corresponda.

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