El Ayuntamiento de Madero en Tamaulipas, desmantela puesto ambulante, cuando había orden federal de no desalojo

Palacio Municipal de Madero, en Ciudad Madero, Tamaulipas, México, América.

Ciudad Madero, Tamaulipas, México, América.- Mediante la ejecutoria 28/2022 Magistrados Federales, ordenaron al Juzgado Noveno de Distrito en Tampico, que admita a trámite una demanda en contra de la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) y su delegación Tamaulipas, así como contra y el Ayuntamiento de Madero, donde un Protección Civil Municipal desmantelo y retiro un puesto ambulante frente a la playa, cuando había una orden federal de que no lo hicieran.

El Magistrado Víctor Pedro Navarro Zárate, del Segundo Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y Civil del Decimonoveno Circuito en Victoria, noticio la ejecutoria por medio de la cual se determinó que, a virtud de la obligatoriedad de la determinación federal, ninguna de las autoridades federales vinculadas al procedimiento administrativo podría válida y legalmente ejecutar los actos reclamados, pues de lo contrario incurrirían en responsabilidad, sin embargo el Municipio no estaba vinculado.

El 26 de marzo del 2021, un grupo de personas con grúas, camionetas y equipos de corte de metal desmantelaron, retiraron y cargaron en camiones todo el equipo e infraestructura que se encontraba instalado en el lugar; siendo por personal de Protección Civil y Bomberos y corporación policiaca, sin que previamente se hubiera notificado al vendedor alguna orden previa por escrito, el afectado recurre al juicio de amparo y el Juzgado Noveno de Distrito, la rechaza.

El vendedor presenta recurso de revisión y Jorge Luis Beas Gámez, secretario del Juzgado en funciones de Magistrado, a quien correspondió estudiar el asunto, determino que, el tres de julio del 2019, la Sala Especializada en Materia Ambiental y Regulación del TFJA en la Ciudad de México, dictó la medida cautelar definitiva, para el efecto de que las cosas se mantengan en el estado en que se encuentran, absteniéndose la autoridad de ordenar al actor desocupar y/o desalojar, la superficie derivada del permiso otorgado.

El pleno judicial revoca la resolución y ordena al Jugado Noveno de Distrito en Tampico, proveer lo conducente en relación con la admisión de la demanda, en términos de los artículos 112 a 115 de la Ley de Amparo, o sea que inicie el juicio de amparo en contra del Secretario y del delegado de la Semarnat, así como del Ayuntamiento de Madero, para determinar si hay violaciones a la Constitución Federal.

En este caso, el 19 de julio del 2018, la delegación de la Semarnat en Tamaulipas, le negó al ambulante una prórroga de su permiso, ante ello promovió juicio contencioso administrativo en el TFJA en la Ciudad de México, en donde el 3 de julio de 2019, se le otorgó medida cautelar para el efecto de que las cosas se mantuvieran en el estado en que se encontraban y se abstuviera la autoridad demandada de ordenar al actor la desocupación o desalojo de la superficie materia del permiso, hasta en tanto no se resolviera en definitiva el juicio.

El puesto, es una casilla de estructura metálica compuesto de un parque modular de trampolines de 300 metros cuadrados y peso aproximado de tres mil kilogramos, seis postes metálicos, ocho lámparas de alumbrado de vapor de sodio, una bodega móvil con sillas, mesas hieleras y repuestos varios, 60 metros de malla ciclónica de dos metros 50 centímetros de altura con cubierta de plástico, 150 metros de conductor de uso rudo, calibre diez y varios accesorios.

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