Juzgado Familiar de Nuevo Laredo no cita a juicio sucesorio a hija de fallecido

Edificio del Poder Judicial Estatal, donde se encuentran los Juzgados Civiles en Nuevo Laredo, Tamaulipas, México, América.

Nuevo Laredo, Tamaulipas, México, América.- El Juzgado Tercero Familiar de Nuevo Laredo, violo las garantías constitucionales de seguridad jurídica y debido proceso, al iniciar el 14 de noviembre del 2019, un juicio sucesorio en el cual no emplazo a una hija de la persona fallecida, por lo que mediante la sentencia 10/2022, el Poder Judicial Federal otorgó el amparo a la afectada para que sea debidamente emplazada al proceso sucesorio civil. 

El Juez Alfredo Rivera Anaya, titular del Juzgado Tercero de Distrito en Nuevo Laredo, en septiembre del 2022, determino que, al revisar las constancias que integran el juicio natural, se desprende que la amparista no participó en ese procedimiento sucesorio ante la omisión de llamarla, pues la responsable declaró la validez del testamento, en virtud de que el de cujus designó como sus únicas herederas a las aquí tercera interesadas, en vista de lo razonado, es claro que con la falta de llamamiento a juicio de la descendiente del finado, se vulneró a la quejosa su garantía de audiencia.

El catorce de noviembre de dos mil diecinueve, el Juzgado Tercero Familiar de Nuevo Laredo, radicó la sucesión testamentaria denunciada, y toda vez que el de cujus instituyó como únicas herederas a dos menores y nombró albacea y convocó a los que se crean con derecho a la herencia y a los acreedores por medio de edictos, para que se presentaran a deducir sus derechos, sin embargo, no cito a la hija del fallecido, ante lo cual recurre al juicio de amparo.

El Juez señalo que, del primer párrafo del artículo 782 del Código de Procedimientos Civiles de Tamaulipas, se torna inconcuso que éste tiene como finalidad que el Juez pueda convocar al cónyuge supérstite y a los hijos del autor de la sucesión, a una junta para darles a conocer la última voluntad de éste, así como para que intervengan en el procedimiento con el propósito de que esté en posibilidad de defender sus derechos, aunque no hayan sido nombrados herederos en el documento de mérito.

El 27 de septiembre del 2022, el Juzgado emite la sentencia otorgando el amparo para que el Juzgado Tercero Familiar de Nuevo Laredo, deje insubsistente todo lo actuado en el juicio sucesorio testamentario, a partir de la primera sección relativa a la declaratoria de herederos; mande llamar a juicio a la hija del fallecido, a fin de que comparezca a deducir sus derechos y hecho lo cual continúe con el proceso conforme a derecho corresponda.

En este caso el Juzgado ya dio por cumplida la sentencia.

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