Pemex deberá deberá realizar pago correcto a ex trabajador de gas doméstico, gasolina y lubricantes en pensión jubilatoria

Pemex Exploración y Producción Reynosa
Oficina de Petróleos Mexicanos (Pemex) Exploración y Producción en Ciudad Reynosa, Tamaulipas, México.

Ciudad Reynosa, Tamaulipas, México, América.- Petróleos Mexicanos (Pemex), deberá realizar el pago correcto  un ex trabajador en gas doméstico, gasolina y lubricantes, que son integrantes de la pensión jubilatoria, ya que mediante la ejecutoria 115/2022, Magistrados Federales, le negaron el amparo al órgano federal en contra de la Junta Especial Número Sesenta de la Federal de Conciliación y Arbitraje en Reynosa, por ser inoperantes sus argumentos jurídicos.

El Magistrado José Manuel Quistián Espericueta, presidente del Segundo Tribunal Colegiado del Decimonoveno Circuito en Reynosa, dio a conocer la ejecutoria mediante la cual se determinó que, las cantidades consideradas por la autoridad laboral, al realizar la cuantificación de la liquidación en el laudo reclamado, emergieron del estricto cumplimiento que la autoridad laboral otorgó a la ejecutoria del amparo anterior, es decir, constituyen aspectos que la autoridad responsable emitió en cumplimiento ejecutoria y por ende, les reviste el carácter de cosa juzgada.

El dos de diciembre del 2021, la mencionada Junta, emitió Laudo de juicio laboral, mediante el cual condeno a Pemex, a que cubra al actor el pago correcto de las prestaciones reclamadas consistentes en gas doméstico, gasolina y lubricantes, que son integrantes de la pensión jubilatoria del actor, de conformidad a lo establecido en la cláusula 182 del Contrato Colectivo de Trabajo de la empresa, el órgano federal recurre al juicio de amparo.

El Magistrado José Manuel Quistián Espericueta, a quien correspondió estudiar el asunto, determino que, en el tercer concepto de violación, Pemex refiere, que se realizó una indebida cuantificación en la condena ya que las cantidades consideradas por la Junta, atinentes a las diferencias en el pago de gas doméstico, gasolinas y lubricantes, son excedentes a las que realmente corresponden, pero son infundados los planteamientos, ya que el actor precisó que la demandada le paga en su pensión jubilatoria el concepto de gas en una cantidad inferior.

El trabajador, señalo que existe una diferencia inferior en su pago mensual y también refirió que existe una diferencia en el pago de gasolina y lubricantes en forma mensual, montos aducidos que fueron considerados por la autoridad laboral para realizar la cuantificación en el pago de las diferencias demandadas, ante lo cual el pleno judicial emite la ejecutoria negando el amparo a Pemex.

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