Niegan el amparo al IMSS, deberá indemnizar a un ejecutor fiscal despedido en 2013 en Reynosa

Ciudad Reynosa, Tamaulipas, México, América.- El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) en Reynosa, deberá pagar indemnización constitucional a un ejecutor fiscal despedido el 31 de diciembre de 2013, ya que mediante la ejecutoria 222/2022 Magistrados Federales, le negaron el amparo al órgano federal en contra de la Junta Especial Número Sesenta de la Federal de Conciliación y Arbitraje (JFCA), por ser inoperantes e ineficaces sus argumentos jurídicos.

El Magistrado José Manuel Quistián Espericueta, presidente del Segundo Tribunal Colegiado del Decimonoveno Circuito en Reynosa, dio a conocer la ejecutoria mediante la cual se determinó que, se advierte que la Junta sí analizó en forma puntual el acervo probatorio existente, en especial aquellas relacionadas con las acciones reclamadas, reseñando cada una de las pruebas con los hechos controvertidos, ponderando los alcances de cada una de ellas y el grado de convicción generado, conforme lo disponen los artículos 841 y 842 de la Ley Federal del Trabajo.

El 19 de agosto del 2021, la Junta Especial Número Sesenta de la JFCA, emitido Laudo de juicio laboral mediante el cual condeno al IMSS, a la indemnización constitucional por despido, ante lo cual el órgano federal recurre al juicio de amparo argumentando que, no se analizó ni estudio la acción planteada por la parte actora, pues omite realizar una relación pormenorizada y exhaustiva de las pruebas ofrecidas por las partes, así como valorarlas.

El Magistrado Carlos Manuel Bautista Soto, a quien correspondió estudiar el asunto, determino que, el IMSS en modo alguno combate el argumento de la Junta en el sentido de que no controvirtió la hora en la que la pare actora se duele ocurrió el despido y que a esa hora aún se encontraba laborando para la demandada; Así como tampoco combate la circunstancia de que se hizo efectivo el apercibimiento decretado en autos por la incomparecencia de un Doctor, el desahogo de la prueba confesional a su cargo, de donde se acreditó el despido injustificado.

También refiere el Instituto que el actor del juicio natural no forma parte del Sindicato Nacional de trabajadores del IMSS, el cual es titular de la plaza de base, lo así argumentado es ineficaz, para arribar a la anterior conclusión se estima necesario precisar que la relación laboral entre el actor y el órgano federal, surge a raíz de la firma de diversos contratos por tiempo determinado, ante lo cual el pleno judicial niega el amparo.

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