Niegan amparo al Ayuntamiento de Reynosa, deberá reinstalar a encargado del Departamento Jurídico

Palacio Municipal en Ciudad Reynosa, Tamaulipas, México, América.

Ciudad Victoria, Tamaulipas, México, América.- El Ayuntamiento de Reynosa, deberá reinstalar al Jefe de Oficina, Encargado del Departamento Jurídico del Municipio, ya que mediante la ejecutoria 630/2023, Magistrados Federales, le negaron el amparo al Municipio en contra de la autoridad laboral, ya que introdujo aspectos novedosos argumentado que siempre se le cubrieron las horas extras, cuando en el juicio laboral señalo que solo trabajaba 48 horas.

El Magistrado Daniel Ricardo Flores López, presidente del Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal y de Trabajo del Decimonoveno Circuito en Victoria, dio a conocer la ejecutoria en la que se determinó que, deviene inoperante lo que alega, en el sentido que la condena es ilegal porque no tomó en cuenta la autoridad la improcedencia del pago de días festivos, por lo que debió absolver también del pago de tiempo extra correspondiente a esos días, así como a los periodos vacacionales.

El 13 de junio del 2023, el Tribunal de Conciliación y Arbitraje de los Trabajadores al Servicio del Estado y los Municipios (Tcatsem), emitió el Laudo del juicio laboral 60/M/2017, mediante el cual condeno al Ayuntamiento de Reynosa, a la reinstalación del actor en su puesto de trabajo como “Jefe de Oficina; al pago de salarios; pago de aguinaldo, pago de una quincena, y horas extras, la Alcaldía recurre al juicio de amparo.

El Magistrado Víctor Hugo Alejo Guerrero, a quien correspondió estudiar el asunto, determino que, también son inoperantes los argumentos en el sentido de que el Tcatsem, perdió de vista que la jornada laboral fue distribuida por el patrón y el trabajador en términos del artículo 59 de la Ley Federal del Trabajo, esto es, solo trabajaba de lunes a viernes, por tanto, laboraba dentro del parámetro de cuarenta y ocho horas, en ese periodo, lo anterior, toda vez que con dicho planteamiento introduce aspectos novedosos a la Litis.

Pues en la contestación, su defensa fue que era improcedente el pago de horas extras ya que siempre se le cubrieron, por lo demás, resulta inoperante lo relacionado con la valoración de la confesión expresa del trabajador y con la omisión de la autoridad de analizar la inverosimilitud de la media hora interjornada, ante lo cual el pleno judicial emite la sentencia ejecutoria negando el amparo al Ayuntamiento de Reynosa.

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