Tribunal Estatal y Juzgado Federal, no pueden hacer que el Ayuntamiento de Abasolo, cumpla Laudo desde hace siete años y medio
Ciudad Victoria, Tamaulipas, México, América.- Ya van siete años y tres meses, que el Tribunal de Conciliación y Arbitraje de los Trabajadores al Servicio del Estado y los Municipios (Tcatsem), no hace cumplir un Laudo al Municipio de Abasolo; mientras tanto el Juzgado Primero de Distrito en Victoria, desde hace cinco años y seis meses, no puede hacer cumplir la sentencia 2218/2018, que otorgo el amparo para que se ejecutara el Laudo.
El Juez Genaro Antonio Valerio Pinillos, titular del Juzgado Primero de Distrito en Victoria, acordó “agréguese el escrito firmado por el autorizado del quejoso mediante el cual hace diversas manifestaciones y solicita que se requiera a la autoridad responsable el cumplimiento de la sentencia, sobre lo cual se provee: Del estado de los autos se advierte que la responsable ha sido omisa en cumplir la sentencia, no obstante, los requerimientos efectuados en el presente asunto.”
“Por lo tanto…, requiérase a la autoridad responsable para que dentro del plazo de tres días informe el cumplimiento de la ejecutoria de amparo o, en su caso, las gestiones que realiza para ello y allegue copia certificada con las que lo acredite, o bien, informe el impedimento legal que tenga para ello. Bajo el apercibimiento de que de no hacerlo se le impondrá una multa por el equivalente a cien unidades de medida y actualización…,
La sentencia de amparo fue emitida el 16 de enero del 2019, y de acuerdo con la ley de Amparo se tiene un plazo de diez días, pero aquí ya han pasado cinco años y seis meses, sin que el Juzgado pueda hacer cumplir la justicia rápida: en tanto el Tcatsem tenía 15 días para hacer cumplir el Laudo, pero ya van siete años y tres meses que no lo hace, ni siquiera con la actual Administración de la llamada “Cuarta Transformación”, lo cual da una idea de la situación del Estado de Derecho.
El Laudo de fecha 8 de mayo de 2017, emitido por el Tcatsem, condena al Ayuntamiento de Abasolo, al pago de diversas prestaciones resueltas por medio de audiencia Incidental de liquidación; en tanto en la sentencia el Juez señalo que, no se advierte que la responsable haya continuado con las medidas necesarias para lograr que se cumplimentara la resolución de liquidación de 3 de septiembre de 2018, en el juicio laboral 92/M/2011.
La sentencia de amparo del 16 de enero del 2019, es para que el Tcatsem, realice en forma pronta y expedita el trámite y conclusión del procedimiento de ejecución del laudo, dictado dentro del juicio laboral 92/M/2011, observando los plazos y términos legales, lo cual implica el deber de llevar a cabo los actos subsecuentes a los reclamados, necesarios para tal fin, pero no se ha cumplido.