Magistrado revoca vinculación a proceso, porque discapacitada presento demanda con auxilio
Ciudad Victoria, Tamaulipas, México, América.- El Magistrado Javier Valdez Perales, del Supremo Tribunal de Justicia del Estado (STJE), no tomo en cuenta que una mujer mayo de edad es discapacitada y por tal motivo no cuenta con capacidad de presentar demanda y revoco un auto de vinculación a proceso, contra una mujer de Jaumave, acusada de abandono de obligaciones alimenticias, ante lo cual mediante la sentencia 949/2023, el Poder Judicial Federal otorgó amparo a la afectada.
El Juez José Guerrero Durán, titular del Juzgado Segundo de Distrito en Victoria, al momento de la sentencia, determino que, sí existen indicios de que la pasivo del delito es una persona mayor de edad, pero que también cuenta con un grado de discapacidad física y mental, lo cual la coloca como una persona en una categoría sospechosa, que merece una protección progresista de sus derechos y que la misma se dé en un entorno amplio de respeto a los derechos humanos que consagran en su favor la Constitución Federal.
El 15 de marzo del 2023, el Juez de Control en Tula, dictó auto de vinculación a proceso a una mujer de Jaumave, por el delito de abandono de obligaciones alimenticias, la acusada presenta recurso de apelación; el 11 de mayo del 2023, la Sala Regional Victoria del STJE, emite la ejecutoria 52/2023, revocado a resolución argumentando afirma que la afectada debió presentar directamente la demanda; se recurre al juicio de amparo.
El Juez señalo que, el Magistrado Estatal pasa por alto lo que le fue expuesto por las partes ante el Juez de Control desde la audiencia inicial de diez de marzo del 2023, entre otras la prueba dictamen de medicina, realizada por médico de fecha 29 de agosto de 2022, respecto de la afectada, en el que se concluyó que padece una discapacidad mental evidente, retraso mental grave y sugiere debe ser examinada por un especialista en la rama de neurología.
El Juzgado emite la sentencia otorgando el amparo para que, se deje insubsistente la determinación de once de mayo de dos mil veintitrés, emitida en el toca penal 52/2023 y en su lugar, dicte otra con libertad de jurisdicción, donde de manera fundada y motivada resuelva sobre la apelación formulada en contra de la audiencia, emitida por el Juez de Control de Tula, dentro de la carpeta procesal, lo cual ya fue dado por cumplido.