La CFE deberá regresar 40 mil 293 pesos a persona de Victoria, cobrados en verificación ilegal

Ciudad Victoria, Tamaulipas, México, América.- La Comisión Federal de Electricidad (CFE) Suministrador de Servicios Básicos, deberá regresar 40 mil 293.30 pesos a una persona de Victoria, que le fueron cobrados mediante una verificación, ya que mediante la ejecutoria 450/2022, Magistrados Federales, le negaron el amparo a la dependencia, por argumentar cuestiones ajenas al litigio mercantil, como que, e tocaba al usuario demostrar que no hubo irregularidades en su medidor.
El Magistrado Carlos Martín Hernández Carlos, presidente del Segundo Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y Civil del Decimonoveno Circuito en Victoria, dio a conocer la ejecutoria donde se resolvió que, el Juez no determinó la procedencia de la acción porque la actora demostrara que hubo irregularidades en la determinación de su consumo de energía eléctrica, sino porque no se advierte que se hubiera expedido una orden de visita de verificación ni que esta hubiese sido notificada al actor.
El 19 de julio de 2022, el Juzgado Decimoprimero de Distrito en Victoria, emitió la sentencia del juicio mercantil 10/2021, mediante la cual condeno a la CFE, a regresar 40 mil 293.30 pesos, al anular el acta de verificación ilegal, la dependencia federal recurre al juicio de amparo argumentando que, la Juez responsable tuvo por demostrada una acción en donde el actor no justificó la inexistencia de irregularidades en su consumo de energía eléctrica.
El Magistrado Carlos Martín Hernández Carlos, a quien correspondió estudiar el asunto, determino que, la procedencia de la acción se basó en el hecho de que el Juez Federal consideró que la parte demandada se obligó a dar aviso al usuario previamente a la realización de la diligencia de revisión, lo que omitió hacer toda vez que de las constancias no se advierte que se hubiera expedido una orden de visita de verificación ni que esta hubiese sido notificada conforme a derecho.
En esa medida, se estima inoperante el argumento que hace valer la CFE, relativo a que el accionante no demostró las irregularidades en el consumo, pues ello no fue materia de estudio por parte del Juez responsable para la procedencia de la acción; entonces, a ningún fin práctico conduce su análisis y calificación, pues al partir de una suposición que no resultó verdadera, su conclusión resulta ineficaz, ante lo cual el pleno judicial niega el amparo.