Niegan amparo al Ayuntamiento de Jaumave, deberá pagar 65 mil pesos a trabajador despedido en 2016

Palacio Municipal de Jaumave, Tamaulipas, México.

Ciudad Victoria, Tamaulipas, México.- El Ayuntamiento de Jaumave, deberá pagar 65 mil 328 pesos, más lo que se acumule hasta el cumplimiento, a un auxiliar en obras y servicios públicos despedido el 12 agosto del 2016, ya que mediante la ejecutoria 604/2021, el Poder Judicial Federal le negó el amparo, en contra del Tribunal de Conciliación y Arbitraje para los Trabajadores al Servicio del Estado y los Municipios (Tcatsem), por argumentar cuestiones resueltas en un amparo anterior.

El Magistrado Daniel Ricardo Flores López, presidente del Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal y de Trabajo del Decimonoveno Circuito en Victoria, dio a conocer la ejecutoria mediante la cual se determinó que, deviene la inoperancia de los motivos de disenso, porque, lo relativo a la aludida vulneración a los artículos 14 y 16 Constitucionales, en relación a aludida omisión en la valoración del documento de renuncia, es cosa juzgada, al haber sido materia de pronunciamiento en el juicio de amparo anterior.

El 11 de marzo del 2020, el Tcatsem emitió el Laudo del juicio laboral 628/M/2016, mediante el cual condeno al Ayuntamiento de Jaumave, a pagar al actor, la cantidad de 12 mil pesos, por indemnización constitucional; 48 mil pesos, por salarios caídos; 2 mil 666 pesos, por vacaciones; 666 pesos, por prima vacacional; mil 999 pesos, por aguinaldo, ante lo cual el Municipio recurre al juicio de amparo.

Lourdes Guadalupe Ávila Tovías, secretaria del Juzgado en funciones de Magistrada, a quien correspondió estudiar el asunto, determino que, el apoderado del Ayuntamiento no expresa motivos de inconformidad en relación al valor de las pruebas ofrecidas al juicio laboral, al referir únicamente que el laudo carece de sustento legal por lo que causa perjuicio a los derechos de su representada al omitir analizar el escrito de renuncia, al considerarse como un simple indicio que debe estar reforzado con otros elementos que allegue el patrón.

El amparo anterior, fue para que el Tcatsem, proceda al examen de la acción de despido injustificado y pago de salarios caídos, partiendo de que a la demandada le corresponde la carga de la prueba en relación a la subsistencia de la relación laboral entre el día en que el actor afirmó haber sido despedido y aquel en que se dijo se produjo la renuncia, ante lo cual el pleno judicial niega el amparo al Ayuntamiento de Jaumave.

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