La SSPC  vulnero el derecho a la seguridad social de un elemento de la Guardia Nacional, incapacitado en servicio

Sede Nacional de la Secretaria de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC) en Álvaro Obregón, Ciudad de México, México, América.

Magdalena Contreras, Ciudad de México, México, América.- La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió la Recomendación 202/2022 a la titular de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC), Rosa Icela Rodríguez Velázquez, por vulnerar los derechos humanos a la seguridad social y a la protección de la salud en agravio de una víctima, por omisión para concretar su transición de la extinta Policía Federal (PF) a la Guardia Nacional (GN), atribuible a personal de esa Secretaría.

El 1 de noviembre de 2021, la víctima presentó un escrito de queja ante la CNDH en el que refiere que laboró en la PF y, en la fecha en que se dio la transición a la GN, firmó de conformidad su traslado, luego de acreditar los exámenes médicos y físicos que le fueron solicitados. El 1 de noviembre, pero del año 2019, fue comisionado a la Fiscalía General de Justicia de Baja California con funciones como guardia, custodia, investigación y operativos propias de su grado. El 29 de marzo de 2020, al realizar un cateo en un domicilio, recibió un disparo de arma de fuego en el glúteo izquierdo, lo que le cercenó el nervio ciático, cuya secuela le impide mover la pierna izquierda. Cuando ocurrieron los hechos, la víctima fue trasladada a un hospital del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) en Tijuana, pero luego fue llevado a un nosocomio privado de esa localidad, donde permaneció por varios días hasta que el personal del hospital le informó que tenía un adeudo, por lo que dedujo que no habían respetado su traslado.

En marzo de 2021, el ISSSTE le reconoció su riesgo de trabajo y lo calificó como incapacidad permanente total, situación que lo llevó a solicitar a la Guardia Nacional el apoyo económico que se brinda al personal que en funciones se le determine incapacidad permanente total o fallecimiento, sin que a la fecha le hayan dado respuesta. También, la potencialización de su seguro de vida se vio afectada, ya que el 19 de noviembre de 2021 se le informó que dicho beneficio se suspendió debido a que no había transitado a la GN, a pesar de haber firmado el Formato Único de Personal para su traslado a esa nueva dependencia. Ello, además de afectar su salud y le impidió el acceso a diversas prestaciones a que tiene derecho.

Con las evidencias recabadas y después del análisis lógico-jurídico del personal de la Comisión Nacional, se acreditó que el 30 de octubre de 2019, se notificó a la víctima su transferencia de la Policía Federal a la Guardia Nacional y se le comisionó para ejercer sus funciones en la Fiscalía de Baja California, pero no obra ningún oficio en su expediente que respalde la transferencia. En la Recomendación 202/2022 se acredita la responsabilidad de tres personas servidoras públicas de la GN, cuyas omisiones en realizar las gestiones y acciones para atender la problemática de la víctima, violaron su derecho a la seguridad social y la protección a la salud.

Por tal motivo, la CNDH pide a la titular de la SSPC que instruya, de manera inmediata, las acciones necesarias para efectuar el cambio de la víctima de la extinta PF a la GN, con la finalidad de que obtenga las prestaciones de seguridad social. Asimismo, asegurar la vigencia de su póliza de seguro por gastos médicos mayores y el pago completo de su seguro de vida con la potencialización de hasta 108 meses de salario bruto, y se realice el pago del “apoyo económico por única vez” al personal que por lesiones en el servicio queda incapacitado. De igual forma, deberá colaborar en la inscripción de la víctima en el Registro Nacional en la materia y proceder a la inmediata reparación del daño causado, así como garantizar la atención médica del agraviado hasta su recuperación.

La SSPC deberá coadyuvar en la presentación y seguimiento de la denuncia administrativa que la Comisión Nacional presente en contra de tres personas servidoras públicas de la institución ante el Órgano Interno de Control de la Secretaría por los actos y omisiones acreditados en la Recomendación. Y, finalmente, la SSPC deberá implementar un curso integral sobre capacitación y formación en materia de derechos humanos, que incluya los principios de accesibilidad, aceptabilidad, disponibilidad y calidad relacionados con la seguridad social y la protección de la salud, el cual deberá dirigirse al personal responsable de los trámites de dar de alta a los elementos de la GN y del otorgamiento de las prestaciones de seguridad social, en particular a las tres personas servidoras públicas que incurrieron en las omisiones.

La Recomendación 202/2022 ya fue notificada a su destinataria y puede consultarse en la página web cndh.org.mx

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