Magistrados del STJE de Tamaulipas no analizan totalidad de pruebas en caso de custodia de menor

Palacio Judicial Tamaulipas
Edificio sede del Poder Judicial Estatal en Ciudad Victoria, Tamaulipas, México.

Ciudad Victoria, Tamaulipas, México, América.- La Segunda Sala Colegiada Civil y Familiar del Supremo Tribunal de Justicia del Estado (STJE), no analizo la totalidad de la pruebas en una apelación, ante la existencia de agresión física y mental a infantes por su padre en un juicio de custodia, por lo que mediante la ejecutoria 276/2021, Magistrados Federales otorgaron el amparo a la madre, para que analicen y valoren todo el material probatoria emitiendo una nueva resolución.

El Magistrado Miguel Ángel Mancilla Núñez, presidente del Primer Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y Civil del Decimonoveno Circuito en Victoria, dio a conocer la ejecutoria en la que se determinó que, era necesario que la Sala analizara y valorara las pruebas ofrecidos y determinara si los mismos son suficientes para demostrar que efectivamente los menores están mejor viviendo con su padre, y no quieren convivir con su madre por los malos tratos que de ésta reciben, o si, son aconsejados e intimidados por el padre para que no quieran convivir con ella.

El 8 de abril del 2021, la Segunda Sala Colegiada Civil y Familiar del STJE, emitió sentencia de recurso de apelación, confirmando la sentencia del 28 de octubre de 2020, dictada por el Juez Segundo Familiar de Nuevo Laredo, que concede la guardia y custodia definitiva al padre y condenado a la mujer a pagar el 50 por ciento de sus ingresos como alimentos, la afectada recurre al juicio de amparo.

El Magistrado Miguel Ángel Mancilla Núñez, a quien correspondió estudiar el asunto, determino que, se debió atender la plática que el Juzgador sostuvo con las menores, y de los diversos dictámenes periciales, reportes de convivencia, terapias psicológicas practicadas, y aquéllos en los que se asentó que no se llevaron a cabo debido a que el actor no se presentó ni llevó a los menores para que convivieran con la madre, a fin de conocer si la voluntad de las infantes de querer vivir con su padre es genuina, o bien si dicha voluntad está influenciada.

El pleno judicial otorga el amparo que, se emita una nueva resolución en la que atendiendo a la litis (cambio de custodia ante la agresión física y mental a los infantes) examine los agravios hechos valer en la apelación por la madre, para lo cual deberá de analizar y valorar la totalidad los medios de prueba ofrecidos y desahogados; se analice si los menores presentan alguna afectación psicológica para que reciban el apoyo de los especialistas.

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