Por inadecuada atención médica fallece persona en un hospital del IMSS de la CDMX

Hospital de Traumatología de la Unidad Médica de Alta Especialidad “Dr. Victorio de la Fuente Narváez” en Gustavo A. Madero, Ciudad de México, México, América.

Magdalena Contreras, Ciudad de México, México, América.- La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió la Recomendación 208/2022 al director general del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), Zoé Alejandro Robledo Aburto, por la inadecuada atención médica proporcionada, en el mes de abril de 2021, a una persona en el Hospital de Traumatología de la Unidad Médica de Alta Especialidad “Dr. Victorio de la Fuente Narváez” en la Ciudad de México, quien fue sometido a una cirugía facial por trauma de proyectil de arma de fuego. Sin embargo, derivado de los deficientes cuidados posteriores a la intervención, la víctima falleció el 19 de abril de ese año.

Personal de esta Comisión Nacional advirtió que la atención médica brindada por personal adscrito al Hospital “Dr. Victorio de la Fuente Narváez” fue deficiente e inoportuna, toda vez que omitió vigilar de manera efectiva la traqueostomía que presentaba la víctima y que, el 19 de abril de 2021, presentó obstrucción de la cánula por acumulación de secreciones, condicionando la disminución de flujo de oxígeno y un paro cardiorrespiratorio que causó su muerte.

Este Organismo Nacional contó con elementos que permitieron evidenciar violaciones a los derechos a la protección de la salud, a la vida y a la información en materia de salud de la víctima y ante tales omisiones y negligencias, la Comisión Nacional solicitó al director general del IMSS que colabore en el trámite ante la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, con la finalidad de que se inscriba a quien por derecho corresponda en el Registro Nacional de Víctimas y se proceda a la inmediata reparación integral del daño causado, que incluya una compensación justa, en términos de la Ley General de Víctimas. Asimismo, pide que se les otorgue la atención psicológica y tanatológica que requieran, la cual deberá brindarse por personal profesional especializado y de forma continua, atendiendo a sus necesidades específicas.

De igual forma, el IMSS deberá colaborar ampliamente en la presentación y seguimiento de la denuncia administrativa que este Organismo Nacional presente en contra de las personas servidoras públicas responsables ante el Órgano Interno de Control en ese instituto. Además, se deberá impartir un curso integral sobre capacitación y formación en materia de derechos humanos, que considere los principios de accesibilidad, aceptabilidad, disponibilidad y calidad relacionados con el derecho a la protección a la salud, así como la debida observancia y contenido de la Norma Oficial Mexicana del Expediente Clínico, citada en la Recomendación, a todo el personal médico y de enfermería de la Unidad Médica de Alta Especialidad “Dr. Victorio de la Fuente Narváez”.

Finalmente, la CNDH pide que se emita una circular dirigida al personal de Enfermería de dicho nosocomio en la que se contenga las medidas de prevención y supervisión, y con ello se garantice que se cumplan las medidas de vigilancia de los pacientes sometidos a traqueostomía conforme a lo dispuesto en el Instructivo de Operación para los servicios de Enfermería en Hospitalización 2660-005-004 del IMSS.

La Recomendación 208/2022 ya fue notificada a su destinatario y puede consultarse en la página web cndh.org.mx.

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