Juez Requiere a Tribunal de Tamaulipas, que cobre a Finanza del Estado un millón 171 mil 698 pesos de salarios caídos

Palacio Ejecutivo Estatal en Ciudad Victoria, Tamaulipas, México.

Ciudad victoria, Tamaulipas, México, América.- El Poder Judicial Federal, viene requiriendo al Tribunal de Conciliación y Arbitraje de los Trabajadores al Servicio del Estado los Municipios, con (Tcatsem), que cobre un millón 171 698.25 pesos a la Secretaría de Finanzas de Tamaulipas, establecidos en un Laudo por concepto de salarios caídos, ello en cumplimiento a la sentencia 560/2021 que otorgó el amparo, por haberse violado la garantía constitucional de justicia rápida.

El Juez Fernando Ureña Moreno, titular del Juzgado Primero de Distrito en Victoria, acordó “agréguese el oficio signado por el presidente del Tcatsem, por medio del cual remite copia certificada del oficio 18281/2022, girado a la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado de Tamaulipas, en el que le requiere para que dé cumplimiento en un término de tres días, a fin de que cubra al ciudadano la cantidad de 171 mil 698.25 pesos, por concepto de salarios caídos establecido en el Laudo”.

La Laudo emitido por el Tcatsem en el expediente 560/2021, condeno a una dependencia estatal al pago de 171 mil 698.25 pesos, por salarios caídos, sin embargo debido a que el Consejo de la Judicatura Federal (CJF), oculto la sentencia, violando la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, no se conocen los argumentos del Juez en torno a dicho expediente.

El Juez señalo que, se advierte que no remitió el oficio referido con su sello de recepción, por tal motivo, con fundamento en el artículo 193, párrafo tercero de la Ley de la Materia, requiérase de nueva cuenta al Tcatsem, para que, dentro del plazo de tres días contados a partir de que quede notificado del presente proveído, remita copia certificada del oficio 18281/2022, girado a la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado de Tamaulipas, girado a la Secretaría de Finanzas del Estado; en el que conste la fecha en que fue recibido por dicha autoridad.

Bajo el apercibimiento de que de no hacerlo así sin causa justificada, se le impondrá a su titular una multa equivalente a cien unidades de medida y actualización vigente, de conformidad con lo dispuesto por el numeral 258, en relación con el diverso arábigo 238 de la ley invocada, y se remitirá el expediente al Tribunal Colegiado de Circuito o a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, según el caso, para seguir el trámite de inejecución.

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