Recomendación al IMSS por negligencia médica que provocó la muerte de un adulto mayor en hospital de Culiacán

Unidad de Medicina Familiar número 35 (UMF- 35), deInstituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) en Culiacán, Sinaloa, México, América.

Magdalena Contreras, Ciudad de México, México, América.- La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió la Recomendación 240/2022 al director general de Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), Zoé Alejandro Robledo Aburto, por violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud, a la vida y al trato digno de una víctima, persona adulta mayor, así como al derecho a la información en agravio de la víctima y dos víctimas indirectas por personal médico de la Unidad de Medicina Familiar número 35 (UMF- 35) y del Hospital General Regional número 1 (HGR-1) en Culiacán, Sinaloa.

El 14 de noviembre de 2019, la víctima se inconformó ante la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Sinaloa (CEDHS) por la atención brindada a su padre, de 67 años -al momento de los hechos-, con diagnóstico de hipertensión y diabetes mellitus tipo II, en la UMF-35 y en el HGR-1 en Culiacán, Sinaloa, asunto que fue remitido a la CNDH cinco días después por razón de competencia.

La víctima refirió que el 29 de enero de 2019, su padre acudió a su clínica por dolor en la boca del estómago, pero le negaron el servicio porque no llevaba su carnet de citas. Al no mejorar su estado de salud, el día 31 se presentó nuevamente en la UNMF-35, donde, sin una valoración médica integral sólo le recetaron ranitidina, butilhioscina y omeprazol, sin prescribirle estudios de laboratorio o radiografías. El 1 de febrero de 2019, la víctima acudió de nueva cuenta a su unidad médica por persistir la sintomatología; sin embargo, en la unifila únicamente le dieron incapacidad, una receta con bromuro de pinaverio y la indicación de realizarse, sin especificar que eran urgentes, una radiografía de tórax, hb glicosilada, examen de colesterol, triglicéridos, ácido úrico, general de orina y pruebas de función hepática.

La madrugada del 2 de febrero de 2019, la quejosa víctima se trasladó con su padre al HGR- 1, donde se le realizó una laparotomía exploradora, la cual mostró una perforación gástrica, pero los médicos residentes solo determinaron retenerlo en Urgencias, en lugar de considerar enviarlo a terapia intensiva para cirugía. Durante la estancia de la víctima en Urgencia, sus familiares no recibieron informes sobre la gravedad del estado de salud de su padre. Fue el 3 de febrero cuando el médico de turno le avisó que su familiar que había fallecido.

Del estudio lógico-jurídico del caso, se pudo comprobar la violación de los derechos a la protección a la salud, a la vida y al trato digno de la víctima, adulto mayor, así como al derecho a la información en materia de salud en agravio de sus familiares y de dos víctimas indirectas por la mala atención recibida del asegurado en las instalaciones médicas del IMSS.

Por tal motivo, la CNDH solicita al titular del IMSS que se inscriba a las víctimas directa e indirectas en el Registro Nacional y se proceda a la inmediata reparación integral del daño, además de otorgar la atención psicológica y tanatológica que se requiera.

Asimismo, deberá instruir para que se dé trámite y seguimiento al expediente que obra en el Órgano Interno de Control del IMSS a efecto de determinar la responsabilidad administrativa de cuatro personas servidoras públicas -una de la UMS-35 y tres del HGR-1-, al titular, jefe de servicios y/o médico adscrito al Servicio de Cirugía del HGR-1 encargado de supervisar al personal médico residente. Además, colaborar ampliamente en la denuncia que presentará esta Comisión Nacional en la Fiscalía General de la República contra las cuatro autoridades médicas por hechos probablemente constitutivos de delito.

Finalmente, deberá diseñar e implementar un curso integral de capacitación y formación en materia de derechos humanos relacionados con el derecho a la protección de la salud, la observancia de la Norma Oficial Mexicana del Expediente Clínico, de Regulación de los Servicios de Salud y la Residencias Médicas, al personal médico y administrativo de la UMF-35 y de Urgencias, Cirugía General y Medicina Interna del HGR-1 de Culiacán, en especial para las cuatro personas servidoras públicas señaladas en esta recomendación.

La Recomendación 240/2022 ya fue debidamente notificada a su destinatario y puede consultarse en la página web cndh.org.mx.

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