Recomendación al INM y al DIF de Chiapas, Puebla y Tlaxcala por violaciones a un adolescente hondureño en migración

INM Sede Nacional México
Sede del Instituto Nacional de Migración (INM), en Miguel Hidalgo, Ciudad de México, México, América.

Magdalena Contreras, Ciudad de México, México, América.- La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió la Recomendación 25/2023 al comisionado del Instituto Nacional de Migración (INM), Francisco Garduño Yáñez; a las directoras generales del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia (Sistema DIF) del estado de Chiapas, Deliamaría González Flandez; de Puebla, Delfina Leonor Vargas Gallegos, y de Tlaxcala, Flor de María López Hinojosa, por no garantizar a un adolescente, de nacionalidad hondureña, una atención efectiva y oportuna al ser residente permanente en México por contar con el reconocimiento de la condición de refugiado.

Se advirtió que personal del INM permitió que la víctima permaneciera alojada del 28 de mayo al 19 de junio de 2021, en un lugar que no reúne los requisitos de estancia para niñas, niños y adolescentes, como el Polideportivo Xonaca, por tratarse de una estancia provisional y no un Centro de Asistencia Social (CAS), donde convivían personas mayores de edad y niñas, niños y adolescentes. Además, se encontraron irregularidades en el Procedimiento Administrativo Migratorio a su nombre, sin que se corroborara inmediatamente los sistemas y bases de datos electrónicos con que cuenta el propio Instituto a fin de conocer si la víctima tenía alguna condición de estancia regular en el país.

De igual forma, personas servidoras públicas de los Sistemas DIF estatales, omitieron procurar la protección integral de la víctima, dar seguimiento a las medidas de protección para la restitución integral de sus derechos, así como dar una solución que resolviera sus necesidades de protección, dado que se evadió de los diversos albergues en los que se encontraba, sin que se tomara en cuenta sus deseos, ni su condición de residente en nuestro país.

Este organismo nacional contó con elementos que permitieron evidenciar violaciones a los derechos humanos a la seguridad jurídica y al principio del interés superior de la niñez en agravio de la víctima, por lo cual solicitó al comisionado del INM que colabore en el trámite ante la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, para la inscripción en el Registro Nacional de Víctimas del adolescente y se proceda a la inmediata reparación integral del daño, que incluya la medida de compensación, en términos de la Ley General de Víctimas. De igual forma, se pide que, en coordinación con los Sistemas DIF de Chiapas, Puebla y Tlaxcala, se proporcione a la víctima la atención médica y psicológica que requiera, y se colabore ampliamente con el Órgano Interno de Control en el INM en la presentación y seguimiento de la denuncia administrativa que este Organismo Nacional presente.

La CNDH pide que se colabore en la integración y trámite de la carpeta de investigación con la Fiscalía Especializada en Personas Desaparecidas y No Localizadas de la Procuraduría General de Justicia del estado de Tlaxcala, iniciada por la evasión de la víctima del Albergue Temporal para Migrantes. Que, en coordinación con la Procuraduría de Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Sistema DIF de Chiapas, se entregue a la víctima la tarjeta de residente permanente, toda vez que ya cuenta con la mayoría de edad.

Asimismo, que se diseñe e imparta un curso integral sobre capacitación y formación en materia de derechos humanos; en específico respecto del procedimiento administrativo migratorio en lo referente a niñas, niños y adolescentes en contexto de migración reconocidos como refugiados y residentes en México, así como la relevancia del interés superior de la niñez, a todos los oficiales de protección a la infancia en las Oficinas de Representación del INM en Puebla y Tlaxcala, y que actualice la Guía para la Atención de Niñas, Niños y Adolescentes migrantes a disposición del INM, a fin de que de que se establezcan los estándares de atención específicos respecto de las necesidades de protección y canalización una vez detectadas personas menores de edad no acompañadas refugiados y residentes en México.

Por su parte, a las directoras generales de los Sistemas DIF de Chiapas, Puebla y Tlaxcala se recomendó que, en coordinación con el INM, proporcionen a la víctima la atención psicológica que requiera, la cual deberá brindarse por personal especializado y de forma continua, atendiendo a sus necesidades específicas; así como proveerle de los medicamentos convenientes a su situación y deberán incluir el suministro de medicamentos, en caso de requerirlos. Que colaboren ampliamente con la Secretaría de la Función Pública del estado de Puebla, en la Secretaría de la Función Pública del estado de Tlaxcala y en la Secretaría de la Honestidad y Función Pública de Chiapas, con la presentación y seguimiento de la denuncia administrativa que este Organismo Nacional presente en contra de las autoridades responsables.

De igual forma, que se colabore en la integración y trámite de la carpeta de investigación con la Fiscalía Especializada en Personas Desaparecidas y No Localizadas de la Procuraduría General de Justicia de Tlaxcala; se diseñe e imparta un curso integral sobre capacitación y formación en materia de derechos humanos, en específico respecto del procedimiento administrativo migratorio en lo referente a niñas, niños y adolescentes en contexto de migración reconocidos como refugiados y residentes en México, así como la relevancia del interés superior de la niñez, a las personas servidoras públicas que se encargan de realizar las entrevistas en trabajo social, psicología y asesoría jurídica de las Procuradurías de Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes en Chiapas, Puebla y Tlaxcala.

Finalmente, se pide que se incorporen en los protocolos y manuales de actuación de las Procuradurías de Protección de los Sistemas Estatales de Desarrollo Integral de la Familia en Chiapas, Puebla y Tlaxcala, los lineamientos que correspondan con base en la atención de Niñas, Niños y Adolescentes no acompañados refugiadas y residentes permanentes en México, a fin de brindar atención en beneficio de su interés superior.

La Recomendación 25/2023 ya fue notificada a sus destinatarios y puede consultarse en la página web cndh.org.mx.

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