El IMSS debe reparación integral a familiares de fallecida por hipoglucemia provocada por personal del HGZ-14 en Sonora

Hospital General de Zona Número 14 (HGZ-14) del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), en Hermosillo, Sonora, México, América.

Magdalena Contreras, Ciudad de México, México, América.- La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 27/2023 al director general del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), Zoe Alejandro Robledo Aburto, derivada de que personal médico y de enfermería del servicio de Medicina Interna del Hospital General de Zona Número 14 (HGZ-14) en Hermosillo, Sonora, incurrió en una grave falta de cuidado, pues omitieron realizar una vigilancia estrecha de la condición de un paciente diabético, lo que provocó su lamentable fallecimiento.

La queja fue presentada el 5 de abril de 2022 ante la Comisión de Derechos Humanos del estado de Sonora, la cual, por razón de competencia fue remitida a este organismo nacional.

En su escrito, la esposa de la víctima narró que el 17 de marzo de 2022, llevó a su esposo al HGZ-14 del IMSS, donde fue internado debido a que padecía presión arterial alta. La persona quejosa refirió que indicó al personal médico del nosocomio que la víctima era diabético, pero que no requería insulina, toda vez que tenía controlados sus niveles de glucosa. No obstante, el personal médico le suministró insulina provocando una baja repentina de sus niveles de glucosa, situación que nunca había sucedido.

En el escrito de queja se agrega que, el 19 de marzo de 2022, derivado de una hipoglucemia, la víctima sufrió falta de aire y se ahogaba con su propia saliva, por lo que personal médico del HGZ-14 determinó conectarlo a un respirador artificial. Más tarde, personal médico informó a los familiares de la víctima que ésta “quedaría en estado vegetativo y con secuelas neurológicas”, además de indicarles que se había contagiado con SARS-CoV-2 en el nosocomio.

 Lamentablemente, la víctima falleció el 5 de abril de 2022, a consecuencia de la hipoglucemia provocada por personal médico del HGZ-14 del IMSS.

Derivado de la investigación realizada por personal de esta Comisión Nacional, se acreditó que personal médico y de enfermería del servicio de Medicina Interna del HGZ-14 incurrió en una grave falta de cuidado, pues omitieron realizar una vigilancia estrecha de la condición del paciente, ya que no se llevó a cabo toma de signos vitales por turno ni exámenes de laboratorio urgentes de control. Tampoco hicieron un manejo integral y específico de la hipoglucemia a través del control de la glucosa en sangre mediante análisis específicos, ni se administraron de forma adecuada las soluciones glucosadas.

Este organismo nacional concluyó que personal médico y de enfermería del servicio de Medicina Interna del HGZ-14 brindaron una inadecuada atención médica al paciente, toda vez que la neuroglucopenia de 14 horas de evolución que presentó no fue monitorizada de forma adecuada, lo que tuvo como consecuencia que la víctima estuviera en situación de postración y necesitara una hospitalización prolongada. Esta situación, en conjunto con sus enfermedades subyacentes, el uso previo de antibióticos y la aplicación de procedimientos invasivos, favorecieron el desarrollo de un proceso séptico, mismo que fue causante directo de su fallecimiento.

A partir de la valoración lógico-jurídica de las evidencias, la CNDH cuenta con elementos suficientes para determinar violaciones a los derechos humanos a la protección a la salud y a la vida en perjuicio de la víctima, así como al acceso a la información en materia de salud en perjuicio de su esposa, atribuibles a personas servidoras públicas del IMSS.

Por lo anterior, la CNDH solicitó al director general del IMSS inscribir a las víctimas en el Registro Nacional correspondiente y proceder a la inmediata reparación integral del daño causado, que incluya una compensación justa, en términos de la Ley General de Víctimas.

Además, que se otorgue la atención psicológica y tanatológica que requiera la esposa de la

víctima.

Asimismo, pide que se colabore ampliamente en la presentación y seguimiento de la denuncia administrativa que esta CNDH presente ante el Órgano Interno de Control en el IMSS en contra de nueve personas servidoras públicas responsables de la atención a la víctima, así como personal de enfermería del Servicio de Medicina Interna del HGZ-14. Que imparta un curso integral de capacitación y formación en materia de derechos humanos dirigidos al personal médico y de enfermería de los servicios de Urgencias y Medicina Interna del HGZ-14, el cual deberá ser efectivo para prevenir hechos similares, y, finalmente, que emita una circular dirigida a las personas servidoras públicas del HGZ-14, en particular a los adscritos a los servicios de Urgencias y Medicina Interna, a través de la cual se les instruya implementar las medidas pertinentes de prevención y supervisión que garanticen la debida integración del expediente clínico, conforme a lo establecido en la Norma Oficial Mexicana NOM-004-SSA3-2012 y a lo dispuesto en la legislación nacional e internacional.

La Recomendación 27/2023 ya fue notificada a su destinatario y puede consultarse en lapágina web cndh.org.mx

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