Declaran sin materia recurso de queja de la tienda Suburbia en Tampico, deberá acatar Laudo en su contra  

Tienda departamental Suburbia en Tampico, Tamaulipas, México, América.

Ciudad Victoria, Tamaulipas, México, América.- La tienda departamental Suburbia en Tampico, deberá sujetarse a lo establecido en un Laudo, ya que mediante la ejecutoria 135/2022, Magistrados Federales, declararon sin materia un recurso de queja presentado por la negociación en contra de la Junta Especial Número Dos de la Local de Conciliación y Arbitraje (JLCA) en Tampico, ya que se emitió sentencia de sobreseimiento (no otorgar amparo, pero tampoco negarlo en el asunto laboral.

El Magistrado Jesús Garza Villarreal, presidente del Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y de Trabajo del Decimonoveno Circuito en Victoria, dio a conocer la ejecutoria mediante la cual se determinó que, no se abordarán las consideraciones en que se sustenta el sentido del fallo ni los conceptos de agravio opuestos en su contra, virtud de que, el recurso de queja ha quedado sin materia, al haberse dictado ejecutoria en el amparo directo cuyo acto reclamado constituye la materia de la suspensión.

El 18 de febrero del 2022, la Junta Especial Número Dos de la JLCA en Tampico, negó la suspensión del laudo de 21 de septiembre del 2021, ante lo cual la empresa Suburbia, Sociedad de Responsabilidad Limitada de Capital Variable, presenta recurso de queja dentro del juicio de amparo, realizando los argumentos jurídicos tendientes a demostrar la necesidad de yal medida legal.

El Magistrado Javier Loyola Zosa, a quien correspondió estudiar el asunto, determino que, dicho recurso, ha quedado sin materia por haberse emitido sentencia en el juicio de amparo,  porque si la suspensión del acto reclamado es una medida cautelar cuyo propósito es conservar la materia del juicio de amparo, para de esta manera evitar se ejecute el acto y ocasionen perjuicios irreparables al agraviado, resulta evidente que tal medida tiene vigencia hasta el momento en que el fallo que se pronuncie cause ejecutoria.

Y al ser un hecho notorio que este órgano Colegiado resolvió el juicio de amparo promovido por la empresa, la determinación tomada en la ejecutoria de mérito, trae como consecuencia el quedar sin materia lo concerniente a la suspensión, pues en este caso, el fin buscado por el impetrante carece ya de objeto, ante lo cual el pleno judicial emite la ejecutoria declarando sin materia el recurso de queja.

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