Niegan amparo al Banco Santander, deberá regresar dinero sustraído de cuentas a persona de Reynosa 

Banco Santander en Ciudad Reynosa, Tamaulipas, México, América.

Ciudad Reynosa, Tamaulipas, México, América.- El Banco Santander deberá regresar la cantidad sustraída a una persona de tres cuentas bancarias en Reynosa, ya que mediante la ejecutoria 118/2022, Magistrados Federales, le negaron el amparo al órgano bancario, en contra del Juzgado Tercero Civil, por la sentencia que lo condeno a regresar el dinero, ya que omitió presentar pruebas  donde haya respetado los procedimientos de seguridad con que presta sus servicios.

El Magistrado Artemio Hernández González, presidente del Primer Tribunal Colegiado del Decimonoveno Circuito en Reynosa, dio a conocer la ejecutoria mediante la cual se determinó que, el Juzgado Estatal, concluyo que la demandada fue omisa en exhibir medios de prueba que acreditaran que la institución bancaria utilizó y respetó los procedimientos de seguridad y protocolos bajo los cuales presta su servicio y por tal motivo no hubo ninguna violación a la Constitución Federal con dicha resolución.

El 7 de enero del 2022, el Juzgado Tercero Civil de Reynosa, emitió la sentencia del juicio oral mercantil 525/2021, condenando al Banco Santander, a la devolver la cantidad que reclamó su contraparte y al pago de intereses, dicha institución recurre al juicio de amparo, argumentando que no se valoró el informe técnico, firmado por el Gerente de reclamaciones, en el que refiere se determinó que los cargos no reconocidos sí fueron realizados bajo la autorización de la actora.

El Magistrado Rogelio Josué Martínez Jasso, a quien correspondió estudiar el asunto, concluyo que, el Juzgado Estatal, consideró que Santander incumplía con la carga probatoria, ya que estimó que, en el caso, resultaba indispensable contar con la prueba pericial en informática, para que se pusiera en evidencia de su potestad, que fue a través de algún dispositivo electrónico o cualquier otro medio electrónico bancario, al alcance de la cuentahabiente, quien realizó los movimientos bancarios de los doce retiros de numerario sin tarjeta.

Asimismo, el Juzgado Estatal  consideró que existía prueba en contrario, consistente en el Dictamen de Valoración Técnica y Jurídica emitido por la Titular de la Dirección de Dictaminación de Procedimientos Jurídicos, Defensoría y Tecnologías Financieras, perteneciente a la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de Usuarios de Servicios Financieros (Condusef), de 27 de noviembre de 2020, ante lo cual el pleno judicial niega el amparo al Bando Santander.

Comparte esta noticia

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *