Magistrado del STJE califica de inoperantes argumentos de un apoderado legal, cuando estos eran correctos jurídicamente

Magistrado STJE Tamaulipas
Magistrado Alejandro Alberto Salinas Martínez

Ciudad Victoria, Tamaulipas, México, América.- El Magistrado Alejandro Alberto Salinas Martínez, del Supremo Tribunal de Justicia del Estado (STJE), violo la Constitución Federal, al calificar de inoperantes los agravios de una persona  en una apelación, cuando esta estableció con claridad los motivos por los cuales considera que es apta para acreditar su personalidad en un juicio civil, ante lo cual mediante la ejecutoria 369/2021, Magistrados Federales otorgaron amparo para que se prescinda de la inoperancia.

El Magistrado Ricardo Alejandro González Salazar, presidente del Segundo Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y Civil del Decimonoveno Circuito en Victoria, dio a conocer la ejecutoria mediante la cual se determinó que, el Magistrado Estatal, ilegalmente calificó inoperantes los agravios formulados en apelación, ya que del estudio íntegro y comparativo de la resolución interlocutoria de primer grado, el escrito de agravios, en relación con el acto reclamado, se desprende que el recurrente sí controvirtió la decisión de primer grado.

El 14 de junio del 2021, el Magistrado Alejandro Alberto Salinas Martínez, titular de la Primera Sala del STJE, emitió ejecutoria de apelación, mediante la cual modificó la resolución de 12 de abril de 2021, del Juez Segundo Civil de El Mante, y condenó al actor principal al pago de los gastos y costas en primera instancia, al confirmar la falta de personalidad, ante lo cual el apoderado recurre al juicio de amparo.

El Magistrado Ricardo Alejandro González Salazar, a quien correspondió estudiar el asunto, determino que, el apoderado en su apelación sostuvo que, la inexactitud al citar el primer apellido de la parte demandada en el poder otorgado, es un aspecto intrascendente, pues obedece a un error mecanográfico cometido por el Notario encargado de certificar la firma; que el apellido quedó debidamente perfeccionado con la tramitación de los medios preparatorios a juicio, donde se apersonó la propia demandada a absolver posiciones, entre otros.

El pleno judicial otorga el amparo, para que el Magistrado Estatal, deje insubsistente la sentencia; al analizar los agravios expuestos por el apoderado, prescinda de considerar que los mismos son inoperantes bajo la consideración de que son insuficientes por no combatir la razón toral de la procedencia del incidente de falta de personalidad expresada por el Juez de primera instancia y con libertad de jurisdicción resuelva lo que resulte apegado a derecho.

En este caso, el demandante de amparo fue contratado por una persona en El Mante, Tamaulipas, para cobrar las rentas de un inmueble a otra persona, la cual interpuso incidente de falta de personalidad, que el Juzgado Segundo Civil, declaro procedente, y el apoderado presenta recurso de apelación, con argumentos válidos que no tomo en cuenta el Magistrado Estatal.

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