La CFE deberá indemnizar a un ex trabajador de la Termoeléctrica de Rio Bravo, por incapacidad permanente

Ciudad Reynosa, Tamaulipas, México, América.- La Comisión Federal de Electricidad (CFE), deberá otorgar indemnización por incapacidad permanente a un ex  jefe de mantenimiento mecánico de la Termoeléctrica de Rio Bravo, y el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), deberá otorgarle la pensión por incapacidad permanente parcial, ya que mediante la ejecutoria 703/2022, Magistrados Federales, le negaron el amparo a la dependencia contra la autoridad laboral.

El Magistrado Carlos Manuel Bautista Soto, presidente del Segundo Tribunal Colegiado del Décimo Noveno Circuito en Reynosa, dio a conocer la ejecutoria mediante la cual, se determinó que, el perito estableció el puesto que desempeñaba el tercero interesado para la CFE, así como las actividades que realizaba, en forma específica, los sobre esfuerzos físicos y el medio ambiente ruidoso a que estuvo expuesto y la Junta estableció que los peritos del actor y tercero en discordia, coincidieron en las enfermedades que presenta el accionante.

El 23 de setiembre del 2022, la Junta Especial Número Sesenta de la Federal de Conciliación y Arbitraje (JFCA) en Reynosa, emitió el Laudo del juicio laboral 324/2020, mediante el cual condeno a la CFE, a pagar indemnización por incapacidad permanente y al IMSS, a otorgar la pensión por incapacidad permanente parcial al trabajador, la empresa eléctrica recurre al juicio de amparo.

El Magistrado José Manuel Quistián Espericueta, a quien correspondió estudiar el asunto, determino que, del análisis del dictamen pericial médico de la intención del actor, se advierte que el perito en la primera parte estableció haber identificado al accionante, que éste se desempeñó como trabajador de la CFE en la central termoeléctrica de Río Bravo, Tamaulipas, durante 30 años, siendo el último puesto el de jefe de mantenimiento (mecánico), donde ejecutaba de manera cotidiana diversos tipos de trabajo de esfuerzo físico-postural.

Estos consistentes en arrastre de máquinas de soldar y tanques de acetileno y en áreas de trabajo altamente degradadas por ruido de gran magnitud del tipo industrial que provocan las bombas de agua, turbinas de generación, etcétera, por tanto, el dictamen no carece de los requisitos a que hace referencia la CFE, ante lo cual el pleno judicial emite la sentencia ejecutoria negado el amparo a la dependencia federal.

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