Juez obliga al Tribunal Burocrático de Tamaulipas a desahogar un informe de la CNBV

Sede del Tribunal de Conciliación y Arbitraje para los Trabajadores al Servicio del Estado y los Municipios (Tcatsem), en el Edificio Tiempo Nuevo en Ciudad Victoria, Tamaulipas, México.

Ciudad Victoria, Tamaulipas, México, América.- El Tribunal de Conciliación y Arbitraje de los Trabajadores al Servicio del Estado y los Municipios (Tcatsem), fue obligado por el Poder Judicial Federal a desahogar un informe de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, ello en cumplimiento a la sentencia 1463/2022, ya que al no hacerlo desde el 1 de junio del 2021, se violo la garantía constitucional de justicia rápida en perjuicio de un trabajador.

El Juez Genaro Antonio Valerio Pinillos, titular del Juzgado Primero de Distrito en Victoria, acordó “procede tener por cumplida la sentencia dictada en este juicio y con fundamento en lo dispuesto por el 196, párrafo cuarto, de la Ley de Amparo vigente, se ordena el archivo del asunto como concluido”, esto una vez que la autoridad laboral envió las pruebas de haber recibido el informe requerido a la CNBV, el cual era necesario dentro del desarrollo de las pruebas en el juicio laboral.

La sentencia emitida el 23 de septiembre del 2022, otorgó el amparo para que el Tcatsem, tome las medidas necesarias para lograr el desahogo del informe de autoridad a cargo de la CNBV con sede en la Ciudad de México, ordenado dentro del expediente laboral número 748/E/2019, de lo cual deberá dar noticia a este Juzgado, lo cual debió haber hecho en junio del 2021 de acuerdo a la legislación laboral.

El Juez Fernando Ureña Moreno, titular del Juzgado al momento de la sentencia, señalo que, quedo demostrada la transgresión al derecho fundamental de administración de justicia pronta contenido en el artículo 17 de la Constitución Política de la Nación, al haber transcurrido en exceso los términos de la ley de la materia, esto es, lo dispuesto por el numeral 101 y 108 de la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado de Tamaulipas y el artículo 883 de la Ley Federal del Trabajo, de aplicación supletoria.

Pues desde el treinta y uno de agosto del 2022, el Tribunal burocrático ordenó girar oficio a la CNBV en la Ciudad de México a fin de que rindiera el informe respectivo, sin que a la fecha se haya desahogado, y en vía de consecuencia, se violaron los derechos subjetivos públicos contenidos en el artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al trabajador demandante.

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