Anulan todo un juicio de desahucio del Juzgado 2 Civil de Nuevo Laredo, porque el actuario emplazo ilegalmente

Edificio del Poder Judicial Estatal, donde se encuentran los Juzgados Civiles en Nuevo Laredo, Tamaulipas, México, América.

Nuevo Laredo, Tamaulipas, México, América.- El Poder Judicial Federal, anulo todo un juicio de desahucio del Juzgado Segundo Civil de Nuevo Laredo, inclusive el embargo de cuenta bancaria, porque el actuario no se cercioro si, el demandado podía ser localizado en el inmueble arrendado al momento de emplazarlo, ante lo cual mediante la sentencia 394/2021, otorgó el amparo al afectado, para que se dejen insubsistente todo lo actuado a partir del emplazamiento de 8 de julio del 2016 e inicie de nuevo el litigio.

El Juez Alfredo Rivera Anaya, titular del Juzgado Tercero de Distrito en Nuevo Laredo, al momento de la sentencia, determino que, el fedatario no se cercioró de que efectivamente el demandado podía ser localizado en el inmueble arrendado; que efectuó el emplazamiento con la persona que salió del domicilio de cuya desocupación se trata y no la requirió para que manifestara si es su familiar, doméstico, portero, empleado o dependiente del buscado, es evidente que se violan las garantías contenidas en los artículos 14 y 16 constitucionales.

El tres de octubre del 2016, el Juzgado Segundo Civil de Nuevo Laredo, dicto la sentencia de juicio de desahucio, condenando al demandado a desocupar el inmueble, por falta de pago de 12 mil pesos de renta y el 19 de noviembre del 2021, le retiraron de su cuenta bancaria la cantidad adeudada, el afectado recurre al juicio de amparo argumentando que en ningún momento fue citad a juicio por el actuario.

El Juez señalo que, máxime que en el artículo 547 del Código de Procedimientos Civiles del Estado, dispone que la diligencia se entenderá con el demandado, o en su defecto, con cualquier persona de la familia, doméstico o portero, excepto si fueren empleados o dependientes del propietario, excepción que tiene como finalidad impedir al notificador que lleve a cabo el emplazamiento con personas que sean empleadas o dependan del propietario; lo que en el caso se ignora, pues el Actuario responsable no lo asentó en su diligencia.

El Juzgado emite la sentencia otorgando el amparo para que el Juzgado Segundo Civil de Nuevo Laredo, deje insubsistente las actuaciones dictadas en el juicio de origen a partir del emplazamiento realizado el ocho de julio de dos mil dieciséis, a la parte demandada, así como todos los actos posteriores, por lo que debió de iniciar el juicio de desahucio de nuevo, lo cual ya  fue dado por cumplido.

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