Banamex deberá pagar daños y perjuicios, por suspensión de Laudo en tramitación de juicio de amparo

Ciudad Victoria, Tamaulipas, México, América.- El Banco Nacional de México (Banamex), deberá pagar intereses por daños y perjuicios a una mujer por 14 meses y 16 días, tiempo que duro una suspensión de juicio de amparo contra  la Junta Especial Número Treinta y Nueve de la Federal de Conciliación y Arbitraje (JFCA) en Tampico, ya que mediante la ejecutoria 393/2022, Magistrados Federales, declararon infundado un recurso de queja, porque dicha reparación del daño, es independiente a la laboral.

El Magistrado Víctor Hugo Alejo Guerrero, presidente del Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal y de Trabajo del Decimonoveno Circuito en Victoria, dio a conocer la ejecutoria en la que se determino que, se trata de reparaciones diferentes, una corresponde a la que se genera en la instancia natural con motivo de la tramitación del juicio ante Junta, donde existe una condena por salarios caídos; en cambio, la otra corresponde a los daños y perjuicios que se le generan a la parte tercera interesada con motivo de la suspensión determinada en el juicio de amparo.

El tres de noviembre del 2021, el Juzgado Noveno de Distrito en Tampico, emitió una resolución en el juicio de amparo 391/2019, por la que declaró procedente el incidente de reclamación de daños y perjuicios promovido por la trabajadora; ante lo cual Banamex presenta recurso de queja argumentando que, no se justificaron los supuestos daños y perjuicios y que existe cosa juzgada respecto de la suma máxima por estos conceptos.

El Magistrado Daniel Ricardo Flores López, a quien correspondió estudiar el asunto, determino que, el Juzgado Federal, diferenció que los daños y perjuicios tenían orígenes diversos y operaban mediante presupuestos jurídicos distintos, lo cual, la recurrente en el presente recurso de queja omite controvertir con tino jurídico, limitándose a sostener que existirá un doble pago y que los daños y perjuicios en el juicio de amparo no se demostraron porque en realidad ya fueron cubiertos mediante la condena a salarios caídos.

La existencia de los daños y perjuicios sí fue determinada en la resolución incidental, en ese fallo se estableció que la existencia de los daños y perjuicios y el nexo causal con éstos y la suspensión concedida fueron tópicos que quedaron satisfechos, ello en la medida de que la trabajadora dejó de percibir una suma de dinero al no poder ejecutar el laudo dictado por la Junta responsable, ante lo cual el pleno judicial declara infundado el recurso de queja de Banamex.

Comparte esta noticia

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *