Juez requiere por 27ava vez a la Alcaldía de Jaumave que pague lo establecido en Laudo del 2015

José Luis Gallardo Flores, Presidente Municipal de Jaumave.

Ciudad Victoria, Tamaulipas, México, América.- Ya van 27 requerimientos y el Poder Judicial Federal, no ha podido hacer que José Luis Gallardo Flores, Presidente Municipal de Jaumave, ni Oscar Godoy Hinojosa, presidente del Presidente del Tribunal de Conciliación y Arbitraje en el Estado y los Municipios (Tcatsem), cumplan con la sentencia 805/2018, que otorgó el amparo para se ejecute un Laudo de 11 de febrero del 2015, y se limita a requerir su cumplimiento.

La Juez Rosa María Cortés Torres, titular del Juzgado Decimoprimero de Distrito en Victoria, emitió el requerimiento número 27 en el que acordó “se requiere nuevamente al Presidente Municipal y Síndico del Ayuntamiento de Jaumave, Tamaulipas, quienes tienen la representación administrativa y legal del Ayuntamiento, con fundamento en los artículos 53 y 60, fracción II, del Código Municipal del Estado de Tamaulipas, a quienes les corresponde gestionar los recursos para el pago de la condena líquida”.

“Para dentro del término de TRES DÍAS, contados a partir de la legal notificación del presente proveído, acrediten acciones efectivas para acatar la obligación constitucional derivada de las sentencias, en el ejercicio fiscal del presente año, en el caso concreto, para cubrir la cantidad motivo de condena del laudo dictado en el expediente laboral,  asimismo, informen una fecha exacta de pago para cubrir al actor la cantidad en alusión.”

Además, “se requiere al Tribunal responsable dicte las medidas necesarias a fin de concluir el procedimiento de ejecución de laudo, emitido en el juicio laboral 9/2011, para lo cual deberá hacer uso de los medios de apremio que tenga a su alcance a fin de obligar a la demandada cumpla con la condena impuesta, de igual forma, se abstenga de enviar oficios sin sello de recibido por la autoridad a la que van dirigidos, así como acuerdos in notificar; lo anterior a fin de acelerar el debido cumplimiento del fallo protector.

La sentencia emitida el 25 de mayo del 2018, otorgó el amparo para que, el presidente del Tcatsem, proceda en forma pronta y expedita a concluir el procedimiento de ejecución de laudo dentro del juicio laboral, conforme con los plazos y términos legales, para lo cual deberá, requerir a la parte demandada el cumplimiento del laudo, debiendo apercibirla con las medidas de apremio que tenga a su alcance y, en caso de contumacia, aplicar éstas hasta lograr cumplimento.

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