Juez de Control Penal de Rio Bravo, dicta acto de vinculación a proceso por secuestro, pero se olvida de hacerlo por escrito

Centro de Justicia Penal, donde se encuentra el Juzgado de Control Acusatorio y Oral en Río Bravo, Tamaulipas, México, América.

Ciudad Reynosa, Tamaulipas, México, América.- El Juez de Control Penal de Rio Bravo, dictó auto de vinculación a proceso a una persona por secuestro, sin embargo no emitió la versión escrita del mismo, violando las garantías de seguridad jurídica y debido proceso, lo que motivo que mediante la sentencia 286/2021, el Poder Judicial Federal, amparara al delincuente para el único efecto de que se emita el mencionado documento, como garantía constitucional del acusado.

La Juez Adriana Yolanda Vega Marroquín, titular del Juzgado Octavo de Distrito en Reynosa, acordó “dése vista a la parte… para que dentro del término de tres días, contado a partir de la legal notificación de este proveído, manifieste lo que a su interés convenga en relación con el cumplimiento que da la autoridad responsable de referencia… en el entendido que de no hacer manifestación alguna en el término indicado, este órgano de control constitucional se pronunciará respecto del citado cumplimiento sobre la base de las constancias que obran en autos.”

La sentencia emitida el 18 de junio del 2021, otorgó el amparo para que el Juez de Control del Sistema de Justicia Penal, Acusatorio y Oral de Río Bravo, para el único efecto de que, sin dejar insubsistente el auto de vinculación a proceso emitido oralmente y sin realizar nueva audiencia, emita la versión escrita de dicha determinación, la cual no podrá exceder los alcances de la pronunciada oralmente.

El Juez Faustino Gutiérrez Pérez, titular del Juzgado, al momento de emitir la sentencia, determino que, de las constancias enviadas por la autoridad responsable como sustento del informe justificado, no obra la versión escrita o la síntesis del auto de vinculación a proceso decretado en contra acusado, en esas condiciones, es evidente que ello constituye una violación a las formalidades esenciales del procedimiento cometida en perjuicio del impetrante de garantías, que amerita ser subsanada.

No obstante lo infundado de los argumentos jurídicos de los motivos de inconformidad, debe decirse que le asiste razón al acusado, en cuanto afirmo que la inexistencia de la versión escrita del auto de vinculación a proceso, conculca sus derechos fundamentales; por tanto, la imposición de la medida cautelar de prisión preventiva justificada, se encuentra ajustado a derecho.

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