Desde agosto de 2022, el IMSS trae dando vueltas a mujer con cáncer de Nuevo Laredo, le otorgan amparo

Clínica 11 del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) en Nuevo Laredo, Tamaulipas, México, América.-

Nuevo Laredo, Tamaulipas, México, América.- Desde agosto del 2022, una mujer inicio consultas médicas en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) en Nuevo Laredo, por padecimiento de cáncer, enviándola a Ciudad Victoria y Monterrey, Nuevo León, retrasando la atención y entrega de medicamentos, ante lo cual mediante la sentencia 204/2023, el Poder Judicial Federal otorgó el amparo para que se le atienda, por violación constitucional al derecho a la salud.

Luis Alberto González Villa, secretario del Juzgado Tercero de Distrito en Nuevo Laredo, resolvió que, acotados los antecedentes y el desarrollo de la atención médica de la mujer, si bien es cierto queda evidenciado que las autoridades responsables han llevado a cabo acciones tendentes a cubrir sus necesidades en el campo de la salud, este resolutor estima substancialmente fundados los conceptos de violación expuestos, en lo tendente a que no se ha realizado la totalidad de actos diligentes con la finalidad de restablecer y atender el padecimiento.

Si bien es cierto, se ha desarrollado supralíneas, así como de los resultados del estudio de la Tomografía Computarizada (TAC), puede advertirse que ya no existe metástasis, y que se le ha otorgado cita con el radiólogo, también cierto es que de los posteriores estudios y análisis clínicos que se le han practicado a la promovente de amparo, destacando la biopsia de edometría de fecha 10 de noviembre 2023, los cuales necesitan interpretación y correlación clínica.

Esa circunstancia no concluye con la obligación de la responsable de brindarle la atención médica a la mujer, correspondiente al padecimiento diagnosticado, habida cuenta que, a la fecha, no se tiene certeza del total restablecimiento en la salud, respecto a la enfermedad oncológica materia del acto reclamado; en ese sentido, con el fin de alcanzar el máximo nivel de salud a que se refiere al artículo 4 constitucional, es necesario que se le garantice la completa recuperación de hasta el alta definitiva, tocante al padecimiento diagnosticado.

El Juzgado emite la sentencia otorgando el amparo, para que la delegación del IMSS en Tamaulipas, continúe proporcionando la atención médica a la derechohabiente, de forma íntegra, completa y continua, respecto al padecimiento oncológico diagnosticado, y atendiendo a los resultados clínicos interpretados que arroje la biopsia ya practicada; ello por el tiempo que sea necesario hasta lograr su restablecimiento.

Además, procurar una calidad de vida tratada e informada, fijando las medidas para salvaguardar el derecho de la salud al nivel más alto posible; en la inteligencia de que queda bajo la más estricta responsabilidad de las autoridades responsables, ejecutar lo necesario para salvaguardar la salud de la mujer, lo que implica, en el caso, determinar si corresponde realizar más estudios de diagnóstico y tratamiento, hasta su total recuperación, y si para ello resulta necesario seguir subrogando la atención, deberán llevarla a cabo de manera inmediata.

Además, suministren y garanticen proveer el medicamento que como instituto de salud estime conveniente, cada veinticuatro horas, durante cinco años), de manera continua, total e ininterrumpidamente, o en caso de que éste fármaco se descontinúe, se emigre a uno diverso, o sea innecesario continuar con su prescripción, deberá hacerlo del conocimiento de la promovente de amparo, de manera puntual y clínicamente informada.

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