Niegan amparo a Operadora Wal-Mart, deberá indemnizar a trabajadora despedida

Ciudad Victoria, Tamaulipas, México, América.- La Operadora Wal-Mart, deberá pagar la indemnización constitucional a una trabajadora despedida en Tampico, ya que mediante la ejecutoria 496/2023, Magistrados Federales, le negaron el amparo a la tienda comercial, en contra de la autoridad laboral, porque entre otras cosas no agoto el procedimiento de nulidad de notificaciones pretendiéndolo reclamar en amparo.
El Magistrado Daniel Ricardo Flores López, presidente del Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal y de Trabajo del Décimo Noveno Circuito en Victoria, dio a conocer la ejecutoria donde se resolvió que, el motivo de disenso resulta inoperante, en virtud de que la persona moral quejosa debió agotar el principio de definitividad a través del incidente de nulidad de notificación, toda vez que compareció al juicio de origen durante el desarrollo del proceso laboral.
El 21 de marzo del 2023, la Junta Especial Número Dos de la Local de Conciliación y Arbitraje (JLCA) en Tampico, emitió el Laudo del juicio laboral 239/2/2020, mediante el cual condeno a Operadora Wal-Mart, a pagar la indemnización constitucional a la trabajadora, dicha negociación recurre al juicio de amparo argumentando que, se omitió notificarle el acuerdo en la que debía comparecer para el desahogo de la prueba confesional ofertada por la actora.
El Magistrado Víctor Hugo Alejo Guerrero, a quien correspondió estudiar el asunto, determino que, la persona moral compareció al juicio, en específico en dos ocasiones entre el acuerdo de admisión de pruebas y el desahogo de la prueba confesional a su cargo, por lo que estaba obligada a agotar el incidente de nulidad y al no haberlo hecho, se tornan inoperantes los conceptos de violación en estudio, porque para acudir al juicio de amparo, deben agotarse todas las fases del procedimiento laboral.
A mayor abundamiento, son inoperantes los citados conceptos de violación, pues el laudo denota que la autoridad apoyó la condena no solo en la confesión ficta del demandado, sino también en el informe de autoridad a cargo del Instituto Mexicano del Seguro Social, resolución para el otorgamiento de pensión de incapacidad permanente parcial, instrumental de actuaciones, presuncional legal y humana, ante lo cual el pleno judicial niega el amparo.