Obligan a Tribunal Laboral de Reynosa, a admitir demanda por participación de utilidades

Sede del Primer Tribunal Laboral Estatal en Ciudad Reynosa, Tamaulipas, México, América.

Ciudad Reynosa, Tamaulipas, México, América.- El Poder Judicial Federal, obligo al Juez Juan Jesús Anaya Fernández, titular del Primer Tribunal Laboral Estatal de Reynosa, a admitir una demanda de un trabajador que reclama reparto de utilidades de una empresa, ello en cumplimiento a la ejecutoria 683/2023, que otorgo el amparo, ya que el Juzgado pedía pruebas imposibles de conseguir por empleado al no laborar ya en la negociación.

El Magistrado Osbaldo López García, presidente del Segundo Tribunal Colegiado del Decimonoveno Circuito en Reynosa, dio a conocer la ejecutoria donde se resolvió que, las razones dichas por el trabajador al momento de atender el requerimiento que se le hizo, debieron considerarse suficientes para estimar que cumplió a cabalidad con el mismo, ya que como lo expresó no puede tener acceso a la información que se le requirió en términos del numeral 125 de la Ley Federal del Trabajo.

El 24 de octubre del 2023, el Primer Tribunal Laboral Estatal de Reynosa, tuvo por no admitida la demanda en el expediente laboral 466/2023, con el argumento de que, no se dio cumplimiento ni se agotó lo establecido por el artículo 125 de la Ley Federal del Trabajo, por consiguiente no allega las constancias con las que acredite haber dado cumplimiento al numeral referido, el ex trabajador recurre al juicio de amparo.

El Magistrado Carlos Manuel Bautista Soto, a quien correspondió estudiar el asunto, determino que, era necesario que la responsable diera trámite a la demanda y seguir el procedimiento, porque según el resultado del desahogo de las probanzas, el actor podría acreditar su acción en los términos buscados (la existencia de la determinación de la participación individual de cada trabajador en el reparto de utilidades y su derecho a recibirlas) o en su defecto, la demandada, al excepcionarse tendría la oportunidad de destruirla.

El pleno judicial otorga el amparo para que, se deje insubsistente el acuerdo reclamado y se dicte otro en el que las razones dichas por el trabajador al momento de atender el requerimiento que se le hizo, se consideren suficientes para estimar que cumplió a cabalidad con él, así admita la demanda y con libertad de jurisdicción siga el trámite legal respectivo; lo cual ya fue dado por cumplido.

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