El Issste se negaba a pagar la pensión de viudez a mujer, porque trabaja en la institución

Delegación del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (Issste), en ciudad Victoria, Tamaulipas, México, América.

Ciudad Victoria, Tamaulipas, México, América.- El Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (Issste) en Tamaulipas, quería robar la pensión por viudez de esposo fallecido a una mujer que labora para el organismo, con la excusa de que, no tenía derecho a ella, por estar activa trabajando ahí mismo (incompatibilidad), sin embargo mediante la ejecutoria 154/2023, Magistrados Federales, confirmaron amparo en favor de la mujer.

El Magistrado Javier Loyola Zosa, presidente del Primer Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y Civil del Decimonoveno Circuito en Victoria, dio a conocer la ejecutoria donde se resolvió que, el sello de recepción que obra en la mencionada constancia, y que tiene como fecha uno de septiembre de 2022, corresponde a la fecha en la que operaron los movimientos correspondientes a realizarse con dicha constancia, es decir, en dicha fecha le fue entregada a la mujer, siendo la fecha en que se determinó el otorgamiento de la pensión.

El 24 de marzo del 2023, el Juzgado Segundo de Distrito en Victoria, emitió la sentencia del juicio de amparo 1903/2022, concediendo el amparo solicitado para efecto de que el Issste, deje sin efecto el descuento de la pensión por viudez a la mujer, el órgano federal, presenta recurso de revisión, argumentando que, la demanda resulta extemporánea pues, el descuento se ha venido realizando de manera periódica desde el inicio.

El Magistrado Javier Loyola Zosa, a quien correspondió estudiar el asunto, determino que, si la mujer, señala que fue el 20 de octubre de 2022, cuando le fue informado de manera verbal el motivo por el que se canceló el pago de la pensión correspondiente al mes de septiembre de dicho año, entonces, si su demanda fue presentada el 26 de octubre de 2022, queda demostrado que no había transcurrido el término que la Ley de Amparo prevé para la promoción de la demanda de amparo.

A la mujer, se le otorgo la pensión el día 28 de Junio del año 2022, retroactivo de los meses de Diciembre al mes de Agosto del 2022, pero el 20 de Octubre del presente año, acudió ante las oficinas del Issste a preguntar el motivo por el cual no se me había reflejado el pago del mes de septiembre, señalándole que no tiene derecho a la misma, porque ser trabajadora activa de la misma dependencia, ante ello el pleno judicial confirmo la sentencia de amparo.

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