Magistrados de Tamaulipas, individualizan pena a procesado sin motivar la sentencia

Ciudad Victoria, Tamaulipas, México, América.- Los Magistrados Gloria Elena Garza Jiménez, Alejandro Durham Infante y Javier Castro Ormaechea, titulares de la Sala Colegiada en Materia Penal del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Tamaulipas (STJE) en julio del 2023, emitieron una sentencia dogmática, violatoria de garantías constitucionales sobre la peligrosidad de un procesado, ante lo cual mediante la ejecutoria 573/2023, Magistrados Federales otorgaron amparo.
El Magistrado Víctor Hugo Alejo Guerrero, presidente del Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal y de Trabajo del Décimo Noveno Circuito en victoria, dio a conocer la ejecutoria donde se resolvió que, las autoridades fueron dogmáticas al establecer el grado de peligrosidad del sentenciado entre la media y máxima, dado que únicamente analizó y calificó de infundados los agravios expuestos por el fiscal respecto a incrementar la sanción corporal, para posteriormente sostener que fue ajustada a derecho la determinación del juez.
El 13 de julio del 2023, la Sala Colegiada en Materia Penal del STJE, emitieron la ejecutoria de apelación 89/2022, reduciendo la pena privativa de libertad, emitida por el Juzgado Primero Penal de Reynosa, a un salvadoreño acusado del delito de secuestro que, condeno a treinta y un años y tres meses de prisión, para dejarla en veintitrés años, cinco meses, ocho días de prisión y multa, el sentenciado recurre al juicio de amparo.
El Magistrado Daniel Ricardo Flores López, a quien correspondió estudiar el asunto, determino que, no basta que los juzgadores funden y motiven una sentencia condenatoria al momento de que consideren acreditada la comisión del delito y la plena responsabilidad del procesado, sino que ello –también– deben hacerlo al momento de individualizar la pena; para cuyo caso, los juzgadores tendrán que motivar por qué establecen un determinado grado de culpabilidad, pues es la base para establecer el quantum de la punibilidad a imponer.
El pleno judicial otorga el amparo, para que, se emita lugar emita una nueva resolución en la que se reitere que se encuentra acreditado el delito de secuestro y la plena responsabilidad del sentenciado en su comisión; al individualizar la penal, funde y motive su determinación al momento de establecer el grado de culpabilidad, pues es la base para establecer el quantum de la punibilidad a imponer.
