Multaran al Secretario de Finanzas de Reynosa, si no regresa lo cobrado en exceso a empresa


Ciudad Reynosa, Tamaulipas, México, América.- Si la el Secretario de Finanzas y el tesorero del Ayuntamiento de Reynosa, no regresa a una empresa, la cantidad pagada en exceso de Impuesto Predial del 2023, se le impondrá una multa de 23 mil 462 pesos a su titular, ya que no ha cumplido la sentencia 1492/2023, que otorgo el amparo, por desmesurado incremento de dicho impuesto de hasta el 245 por ciento, lo cual es totalmente desproporcional.
El Juez Carlos Alberto Escobedo Yáñez, titular del Juzgado Séptimo de Distrito en Reynosa, notifico “hágase del conocimiento de la autoridad vinculada al cumplimiento que…. deberá de proceder de manera inmediata a realizar la devolución respectiva, y dentro del plazo de tres días siguientes…… deberá de remitir a este órgano jurisdiccional las constancias con las cuales acredite haber realizado lo conducente…. con el apercibimiento que en caso de no dar cumplimiento… se le impondrá una multa de 230 veces el valor diario…. la unidad de medida y actualización (UMA).
La sentencia emitida el 30 de octubre del 2023, otorgo el amparo para que, no se constriña a la empresa Inmobiliaria A46, calcular el impuesto en los términos fijados en el Decreto 65-426 y su Fe de erratas, del 7 y 12 de diciembre de 2022, relativos a la Ley de Ingresos del Municipio de Reynosa, Tamaulipas, para el ejercicio fiscal del año 2023, y restituyan la cantidad que como primer acto de aplicación se haya enterado.
El Juez Juan Fernando Alvarado López, titular del mencionado Juzgado en la fecha de la sentencia, determino que, para el ejercicio fiscal del 2023, se estandarizó para los 18 Parques Industriales de esta localidad, el valor catastral en la cantidad de $850.00 el metro cuadrado, circunstancia que este órgano de control constitucional estima desproporcional, al incrementarse sin gradualidad alguna la carga contributiva que ahora prácticamente se traduce en 245 por ciento, esto es, más del doble.
Por ende, el incremento aproximado del 145 por ciento al Impuesto Predial en relación al ejercicio fiscal del 2022, por actualización de las tablas de valores catastrales que da origen al Decreto reclamado, deviene incongruente por desmesurado; máxime que el artículo 62 de la Ley de Catastro para el Estado de Tamaulipas, precisa que la revaluación catastral debe realizarse de manera sistemática anualmente, considerando la información contenida en la base de datos.
