Tribunal Fiscal, pasa por alto que se configuro la negativa ficta en reclamación al SAT

Sede del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa (TFJA), en Ciudad Victoria, Tamaulipas, México, América.

Ciudad Victoria, Tamaulipas, México, América.- Los Magistrados de la Sala Regional del Golfo Norte del Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA)) en Victoria, violaron las garantías constitucionales de seguridad jurídica y debido proceso, al desechar considerándolo improcedente un de reclamación en relación a una negativa ficta, en contra del sistema de Administración Tributaria (SAT), ante lo cual mediante la ejecutoria 249/2924, Magistrados Federales, otorgaron el amparo a una empresa.

El Magistrado Javier Loyola Zosa, presidente del Primer Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y Civil del Décimo Noveno Circuito en Victoria, dio a conocer la ejecutoria donde se resolvió que, debe considerarse que el Juzgador Federal trasgredió los artículos 14, 16 y 17 Constitucionales, dado que no dio respuesta a la petición que le formuló el contribuyente en términos de ley, pese que es competente y estaba dentro de sus facultades legales emitir respuesta, de ahí que, sí se configuró una negativa ficta por parte de la autoridad fiscal.

El 6 de octubre del 2023, los Magistrados de la Sala del TFJA, emitieron la sentencia del recurso de reclamación 102/23-18-01-6, considerando procedente pero infundado, el recurso de reclamación formulado por la empresa Olson Internacional en contra de la Administración Desconcentrada de Auditoria Fiscal de Tamaulipas “4” del SAT, en contra de la negativa ficta a la devolución del Impuesto al Valor Agregado (IVA), la afectada recurre al juicio de amparo.

El Magistrado Javier Loyola Zosa, a quien correspondió estudiar el asunto, determino que,  esa determinación del SAT, constituye una resolución definitiva impugnable en el juicio contencioso administrativo federal, ya que es una afectación relacionada con el cumplimiento de las leyes fiscales, así como a los casos distintos de aquellos en los que se ocasiona una afectación a la relación jurídico tributaria existente entre el contribuyente y el fisco, por la determinación de una obligación fiscal en cantidad líquida, la negativa a una devolución de ingresos.

El pleno judicial otorga el amparo para que el TFJA, deje insubsistente la sentencia reclamada; emitan otra, en la cual, prescindan de tener por actualizada la causal de improcedencia invocada en términos del artículo, 8 fracción XI, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, en relación al numeral 3, fracciones III y XV, de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa; hecho lo anterior, dicte una nueva resolución.

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