El IMSS deberá reinstalar y prorrogar contrato a una revisora en Reynosa

Subdelegación del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) en Ciudad Reynosa, Tamaulipas, México, América.

Ciudad Reynosa, Tamaulipas, México, América.- El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), deberá reinstalar a una mujer con el cargo de revisor, prorrogarle el contrato por el tiempo que dure dicha fuente de trabajo y reconocerle una antigüedad de doce años, diez meses, doce días, ya que así lo condeno el Poder Judicial Federal, mediante la sentencia 240/2024, ya que dicho órgano federal no demostró la legalidad del despido y por tal motivo fue calificado de injustificado.

El Juez José Alberto Martínez Velázquez, titular del Quinto Tribunal Laboral Federal de Asuntos Individuales en Reynosa, resolvió con las pruebas que para tal efecto ofreció, el IMSS no logró acreditar la subsistencia de la relación laboral entre el día en que la trabajadora afirma que ocurrió el despido injustificado (15 de marzo de 2024), y aquél posterior en que inician las faltas que le imputa (martes 19 de marzo de 2024), por las que determinó rescindir el vínculo de trabajo, lo que se traduce en que la patronal no probó la inexistencia del despido injustificado alegado.

Lo anterior obedece a un principio de orden lógico, las faltas de asistencia solo pueden configurarse respecto de una relación laboral vigente, si la relación de trabajo concluyó el 15 de marzo por virtud del despido, las ausencias posteriores no constituyen faltas en términos laborales, sino simplemente la consecuencia natural de la extinción del vínculo, ninguna prueba resulta idónea para demostrar que la relación laboral continuó vigente después del despido.

Este Tribunal determina que la actora tiene derecho a que se le reconozca su antigüedad general de empresa, computada por los días laborados en el periodo comprendido del uno de febrero de dos mil trece al quince de marzo de dos mil veinticuatro; asimismo, del dieciséis de marzo al diecinueve de abril de dos mil veinticuatro, en que perduró su inscripción en el régimen obligatorio como trabajadora al servicio del instituto demandado, teniendo una antigüedad de 4,692 días.

El Juzgado emite la sentencia condenando al IMSS, a reinstalar a la actora en la categoría de Revisor; a la prórroga del último contrato individual de trabajo, por todo el tiempo que subsista la materia del trabajo; a reconocerle una antigüedad de a 12 años, 10 meses, 12 días; aplicarle las disposiciones contenidas en el Contrato Colectivo de Trabajo; pagarle salarios vencidos, intereses generados, tiempo inter- jornada, diferencias de vacaciones, entre otros.

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