El Ayuntamiento de Nuevo Laredo no otorgo seguridad social a trabajadora por mas de 3 años


Tampico, Tamaulipas, México, América.- Desde el nueve de enero del 2009, el Ayuntamiento de Nuevo Laredo no pago la seguridad social a una oficial administrativo, que fue despedida el 25 de octubre del 2013, por el Alcalde Carlos Enrique Canturosas Villarreal, por el Partido Acción Nacional (PAN), por lo que mediante la ejecutoria 734/2023, Magistrados federales otorgaron el amparo a fin de que se condene a la inscripción de este derecho.
El Magistrado Javier Valdez Perales, presidente del Tercer Tribunal Colegiado en Materias Penal y de Trabajo del Décimo Noveno Circuito en Tampico, dio a conocer la ejecutoria donde se resolvió que, resulta incorrecta la absolución decretada por la autoridad responsable, dado que el patrón tenía la obligación de inscribir a la accionante al régimen obligatorio del seguro social, así como enterar, las cuotas obrero patronales respectivas por el tiempo que duró la relación de trabajo.
El tres de febrero del 2023, el Tribunal de Conciliación y Arbitraje de los Trabajadores al Servicio del Estado y los Municipios (Tcatsem) en Victoria, emitió el Laudo del juicio laboral 158/M/2013, condenando al Ayuntamiento de Nuevo Laredo, al pago de 229 mil 325.14 pesos por Indemnización constitucional, salarios vencidos; entre otros, pero absolvió de la seguridad social, la trabajadora recurre al juicio de amparo.
El Magistrado Miguel Ángel Villaseñor Reyes, a quien correspondió estudiar el asunto, determino que, la absolución de las prestaciones se sustentó en que para que los trabajadores puedan ser incorporados a la seguridad social debe existir un convenio, dichas consideraciones son contrarias a derecho, pues si la actora reclamó su inscripción retroactiva al régimen obligatorio del seguro social y quedó evidenciada la existencia de la relación de trabajo entre aquélla y el demandado, entonces existía la obligación del patrón de actuar en el sentido que le fue reclamado.
El pleno judicial otorga el amparo para que el Tcatsem, deje insubsistente el laudo reclamado; se determine condena al patrón demandado a efecto de que inscriba retroactivamente a la trabajadora en los institutos de seguridad social que correspondan y que entere las cuotas obrero patronales respectivas, por el tiempo que duró la relación de trabajo, a efecto de restituir este derecho a la trabajadora.
