CNDH recomienda al IMSS reparar daño a mujer indígena mazateca de Oaxaca

Magdalena contreras, Ciudad de México, México, América.- Tras acreditar que una mujer indígena mazateca perdió a su hijo recién nacido por no recibir atención médica adecuada y un trato apropiado por parte del personal del Hospital Rural Bienestar número 43, en Huautla de Jiménez, Oaxaca, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) la Recomendación 20/2026.
En atención a la queja presentada, personal de la CNDH investigó los hechos narrados por la víctima y constató que la paciente después de estar acudiendo al Hospital para revisión y seguimiento de su embarazo, ingresó la noche del 26 de marzo de 2023 al área de Urgencias del mismo, por encontrarse en trabajo de parto, documentando que ese día y el siguiente el personal médico que la atendió se dirigió a ella de manera violenta, mientras sufría contracciones y dolor, lo que le causó estrés prenatal.
Aunado a esto, la CNDH corroboró que la víctima, en distintos momentos, fue atendida por personal médico residente sin la supervisión de los médicos responsables, lo que ocasionó que se incurriera en actos y omisiones durante su atención, como la falta de estudios clínicos pese a un cuadro de infección, por lo que el seguimiento obstétrico resultó deficiente tras la ruptura de membranas.
Estas irregularidades agravaron el estado de salud de la paciente, favorecieron el desarrollo de complicaciones obstétricas y tuvieron un impacto directo en el bienestar del producto de la gestación, lo que provocó afectaciones a su salud y su posterior fallecimiento.
En la entrevista realizada a la víctima, personal de la CNDH advirtió que, mientras se encontraba en trabajo de parto, el personal médico hablaba por teléfono y se dirigía a la paciente “de manera muy grosera”, indicándole agresivamente que se callara y dejara de gritar.
Por último, se comprobó que el parto ocurrió a las 9:00 horas del 27 de marzo de 2023, pero fue hasta las 16:30 horas, aproximadamente, cuando el personal médico les informó a sus familiares sobre el estado de salud del recién nacido y, por la noche, les indicó que no se pudo “hacer nada por la vida” del menor.
Ante lo ocurrido, este organismo solicitó al IMSS reparar integralmente el daño a las víctimas directa e indirecta del caso, brindarles atención psicológica y/o tanatológica, colaborar con las autoridades investigadoras en el seguimiento del expediente administrativo iniciado en el Órgano Interno Específico en el IMSS, contra el personal médico involucrado, por las irregularidades señaladas.
Asimismo, deberá implementar un ciclo de formación continua, con perspectiva de género, sobre los derechos humanos de las mujeres indígenas durante la gestación, el parto y el puerperio, dirigido al personal médico adscrito a los servicios de Urgencias, Ginecobstetricia y áreas homólogas del Hospital Rural Bienestar 43, con el fin de que no se repitan hechos similares y se garantice una atención médica de calidad.
El IMSS también deberá remitir las evidencias que acrediten que dicho hospital cuenta con equipo de ventilación mecánica para la atención de personas recién nacidas que requieran cuidados intensivos o, en su caso, realizar las acciones necesarias para su equipamiento, así como garantizar la presencia permanente de personal médico especialista, capacitado y suficiente.
La Recomendación 20/2026 ya fue debidamente notificada a su destinatario y puede consultarse en www.cndh.org.mx.
