Tribunal de Curazao, rescinde contrato laboral a empleado de Banco

Willemstad, Curazao, América.- El Tribunal de Primera Instancia dictaminó que Maduro & Curiel’s Bank (MCB) puede rescindir el contrato de un empleado sénior de TI que se negó a regresar a la oficina tras el fallecimiento de su madre, al considerar que la relación laboral se había deteriorado irreparablemente. El tribunal otorgó al empleado una indemnización bruta de 225.000 CZK.
El empleado se incorporó a MCB en marzo de 2009 como programador y analista sénior y, hasta hace poco, percibía cerca de 12.000 CZK brutos mensuales. Bajo un contrato de trabajo híbrido, trabajaba tres días desde casa y dos en la oficina.
Tras el fallecimiento de su madre en enero de 2025, MCB le autorizó temporalmente a trabajar a tiempo completo desde casa. Esta autorización estaba condicionada a su participación en el programa de orientación del servicio de salud laboral de la empresa. Asimismo, se le eximió temporalmente de las guardias nocturnas y de fin de semana. Inicialmente, el médico de la empresa recomendó que el empleado continuara trabajando exclusivamente desde casa. Como siempre, el empleado posteriormente rechazó evaluaciones médicas adicionales y varias propuestas de MCB que aumentaban la necesidad de brindar apoyo médico o un regreso gradual al horario de trabajo híbrido original.
En julio de 2025, un médico laboral le aconsejó que regresara a la oficina un día por semana, aumentando gradualmente a dos días. El empleado no estuvo de acuerdo, argumentando que su proceso de duelo aún no había concluido.
Si bien continuó desempeñando sus funciones desde casa, MCB argumentó que su prolongada ausencia ejercía una presión adicional sobre sus compañeros de TI, quienes tuvieron que cubrir los turnos de noche y de fin de semana. El banco también afirmó que los proyectos se retrasaron y que su presencia física era necesaria para reuniones y transferencia de conocimientos.
Posteriormente, el empleado no asistió a las citas programadas con otro proveedor de salud laboral. El 2 de septiembre de 2025, MCB emitió lo que describió como una instrucción final, ordenándole que cooperara. Él se negó, declarando que no estaba enfermo y que no había solicitado asistencia médica.
Tras su negativa, el banco le revocó el acceso a su entorno de trabajo digital, impidiéndole desempeñar sus funciones.
En octubre de 2025, MCB solicitó inicialmente a la Dirección de Trabajo la autorización para rescindir el contrato laboral. Dicha solicitud fue denegada en diciembre, lo que llevó al banco a interponer una demanda.
El tribunal concluyó que la relación laboral se había deteriorado irremediablemente, señalando que ambas partes habían reconocido haber perdido la confianza en continuar trabajando juntas.
Según la sentencia, MCB había realizado esfuerzos suficientes para apoyar al empleado y no era necesario permitirle trabajar permanentemente desde casa sin asesoramiento médico. El juez determinó además que el empleado debería haber comprendido que, a partir de julio de 2025, se esperaba que retomara su trabajo presencial, al menos parte de la semana. Su negativa a cooperar con el servicio de salud laboral se consideró responsabilidad suya.
Asimismo, el tribunal reconoció varios factores atenuantes a favor del empleado. Desde su incorporación al banco en 2009, el empleado había mantenido un buen historial laboral y continuó desempeñando su trabajo satisfactoriamente durante todo el conflicto. El juez también aceptó que el empleado pudo haber creído sinceramente que el permiso para trabajar completamente desde casa seguía vigente, aunque, en última instancia, la responsabilidad de dicho malentendido recaía sobre él.
El empleado solicitó una indemnización equivalente a al menos 30 meses de salario. En cambio, el tribunal le otorgó a XCG 225.000 brutos, lo que representa casi 20 meses de salario. Cualquier pago por falta de cumplimiento (cesantia) se deduciría de dicha cantidad.
La decisión del tribunal se emitió el 20 de abril, otorgando a MCB hasta el 28 de abril para retirar su solicitud de disolución debido a la indemnización otorgada. Si el banco optaba por no retirar la solicitud, el contrato de trabajo se disolvería con efecto a partir del 1 de mayo.
La sentencia, publicada el 16 de julio, no indica si MCB ejerció su derecho a retirar la solicitud. Por lo tanto, la resolución publicada por sí sola no confirma de forma definitiva si el despido y el pago de la indemnización finalmente se hicieron efectivos.
(Curazao, es un país en América, dependiente de Países Bajos)
