Van mas de dos años y tres meses, sin que Tribunal Laboral de Tamaulipas, ejecute Laudo


Ciudad Victoria, Tamaulipas, México, América.- Van más de dos años y tres meses y el Tribunal de Conciliación y Arbitraje de los Trabajadores al Servicio del Estado y los Municipios (Tcatsem), no ejecuta un Laudo en contra de una dependencia estatal, violando la garantía constitucional de justicia rápida, ante lo cual mediante la sentencia 586/2026, el Poder Judicial Federal, otorgó el amparo, a fin de que se entregue oficio y requiera el pago de la condena.
La Juez Cecilia Stephany Ovalle López, titular del Juzgado Decimoprimero de Distrito en Victoria, resolvió, “Primero, se sobresee (no torga amparo, pero tampoco lo niega) en el juicio de amparo, por los motivos y fundamentos expuestos en el considerando VI de este fallo; segundo, la Justicia de la Unión ampara y protege al peticionario de garantías, contra el acto que atribuyó al Tcatsem, con sede en esta ciudad, para los efectos precisados en el considerando VIII de esta determinación.”
El siete de mayo del 2026, una persona acudió ante el Poder Judicial Federal en esta capital, para presentar demanda de amparo en contra del Tcatsem, por no ejecutar el Laudo, concretamente el incidente de liquidación del juicio laboral 533/E/2014, retrasando el pago de la condena establecida y con ello violando la garantía constitucional de justicia rápida en perjuicio del peticionario.
El acto reclamado consiste en dejar de librar y entregar físicamente oficio al Secretario de Finanzas en el Estado, ordenando el pago del crédito laboral contenido en la resolución de liquidación de fecha 15 de abril de 2024, el dejar de culminar el proceso de ejecución de dicho laudo; al haber transcurrido en exceso el plazo previsto en el artículo 118 de la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos en el Estado, retraso omisivo en cumplir con el pago del laudo incidental, el cual a la fecha se actualiza.
El Juzgado emite la sentencia otorgando el amparo para que el Tcatsem, lleve a cabo las acciones necesarias a fin de requerir el pago de lo establecido en el Laudo, ejecutando las medidas de apremio a su alcance; debiendo destacar que en este caso, las partes en dicho juicio constitucional, si no están conformes con el fallo, tienen un plazo de diez días para presentar recurso de revisión, para que un Tribunal Colegiado de Circuito, revise el asunto.
