Pemex despide a licenciada en enfermería, por acudir a atenderse de cáncer de mieloma

Oficina de Petróleos Mexicanos (Pemex), Exploración y Producción en Ciudad Reynosa, Tamaulipas, México, América.
Juez Cinthia Elizabeth de la Vega López

Ciudad Reynosa, Tamaulipas, México, América.- Petróleos Mexicanos, (Pemex), despidió a una licenciada en enfermería, nivel 25, por supuestas faltas, cuando  la mujer padece cáncer de mieloma y tuvo que acudir de urgencia a Estados Unidos a atenderse, ya que los hospitales del organismo no cuentan con especialista, ante lo cual mediante la sentencia 163/2024, el Poder Judicial Federal, condeno a la reinstalación por ilegalidad del aviso de recisión.

La Juez Cinthia Elizabeth de la Vega López, titular del Cuarto Tribunal Laboral Federal de Asuntos Individuales en Reynosa, resolvió, al haber quedado de manifiesto diversas violaciones formales en la investigación correspondiente, asimismo, que no se configuró la causal hecha valer por la patronal en la rescisión de la relación laboral, resultó que tampoco se actualizó una causa grave para ello, dada la antigüedad de la actora, lo que conlleva a declarar la nulidad del aviso de rescisión que nos ocupa.

Tanto del expediente clínico como en el personal de la actora, obran documentales que acreditan que padece mieloma múltiple, y que dicho sea de paso, la patronal tenía conocimiento de que la trabajadora lo padece desde el 2012, además, se advierte que la patronal en distintas fechas (2018, 2019 y 2020), le otorgó múltiples permisos para trasladarse a otra localidad para que, derivado de su padecimiento clínico, pudiera atenderse con un especialista en hematología;

Circunstancia que obedece a que en el Hospital Regional Reynosa de Pemex no hay especialista en dicha rama, lo anterior pone de relieve que desde el 2012 se ha venido tratando por dicho padecimiento, de ahí que requiere atención clínica de manera permanente, en atención a ello, se advierte que en el proceder de la patronal, yace una desatención a la situación a que se enfrentaba la actora, de modo que, a criterio de este Tribunal, las ausencias de 15, 16, 18, 19, 20, 21, 22 y 23 de enero de 2024 en que incurrió la actora, no pueden considerarse injustificadas.

El Juzgado emite la sentencia, declarando la nulidad del aviso de rescisión de 19 de febrero de 2024 y condena a Pemex a reinstalar a la trabajadora en su puesto de trabajo, así como al pago de salarios caídos e intereses, y aguinaldo, a reconocer que la actora generó una antigüedad a su favor de 27 años, a la preservación de los derechos que le asistían a la trabajadora en los que se deberán incluir el pago de los conceptos que percibía previo a la ruptura de la relación de trabajo.

Comparte esta noticia

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *