Juzgado obliga a la Junta 2 de Victoria, a notificar emplazamientos a juicio laboral


Ciudad Victoria, Tamaulipas, México, América.- El Poder Judicial Federal, obligo a Daniela Karina López Garza, presidenta de la Junta Especial Número Dos de la Local de Conciliación y Arbitraje (JLCA) en Victoria, a notificar el emplazamiento a juicio a las partes, ello en cumplimiento a la sentencia 858/2025, que otorgo el amparo por haberse violado la garantía constitucional de justicia rápida, ya que desde el siete de marzo del 2025, tenia cinco días para hacerlo.
La Juez Dafne Miroslaba Carrillo de León, titular del Juzgado Segundo de Distrito en Victoria, señalo en la sentencia, a pesar de que dicha diligencia se ordenó desde el siete de marzo del año en curso, sin que a la fecha en que se dicta la presente resolución se advierta que la misma ya se hubiere realizado, no obstante que, de conformidad con los artículos 748 y 750 de la Ley Federal del Trabajo, de aplicación supletoria al procedimiento de origen, los emplazamientos a las partes deben de realizarse dentro de los cinco días siguientes a su fecha.
La sentencia emitida el 28 de octubre del 2025, otorgo el amparo para que, la presidenta de la Junta, vigile la diligencia de notificación a las partes del auto de siete de marzo de dos mil veinticinco, dentro del expediente laboral 134/E02/2014, y el actuario, materialice de inmediato la notificación a las partes del auto en mención; aunque se tardo seis meses en llevar a cabo dichos citatorios.
La Juez señalo que, como lo expone el afectado, la actitud contumaz de las responsables, trasgrede en sus derechos fundamentales al impedirle tener una justicia pronta y expedita conforme al artículo 17 de la Constitución Politica de los Estados Unidos Mexicanos; en ese sentido, es evidente que se ha paralizado en la integración de la Litis, a pesar de lo sumario del juicio burocrático, con lo cual se demuestra que existió retraso en la administración de justicia por parte de la autoridad laboral.
De los artículos 748 y 750 de la Ley Federal del Trabajo, se desprende que la autoridad que conozca del juicio, está obligado a realizar la notificación, como en el caso, en el plazo de cinco días siguientes a su fecha en que lo ordene, o por lo menos con una anticipación de veinticuatro horas, del día y hora en que deba efectuarse la diligencia, salvo cuando expresamente en la resolución o en la Ley exista disposición en contrario.
