Desde marzo del 2022, el Banco Santander no levanta embargo, por culpa de Junta Laboral


Ciudad Reynosa, Tamaulipas, México, América.- El Poder Judicial Federal viene requiriendo al Banco Santander, el cumplimiento de la sentencia 783/2022, consistente en que libere la cuenta de una persona Reynosa, previo oficio de la Junta Décimo Tercera Especial de la Local de Conciliación y Arbitraje en Guadalajara, Jalisco, quien ordeno el embargo y desde el cuatro de marzo del 2022, acordó el levantamiento, pero no lo había informado a la institución bancaria.
El Juez Carlos Alberto Escobedo Yáñez, titular del Juzgado Séptimo de Distrito en Reynosa, acordó, “dígasele a Banco Santander México, que para que este Juzgado de Distrito esté en aptitud de pronunciarse respecto al cumplimiento de la sentencia de amparo, resulta indispensable que exhiba la constancia con la que acredite la fecha en que dejó sin efectos el bloqueo realizado a la cuenta BME60535841878, de la afectada, la cual puede consistir en un estado de cuenta, una captura de pantalla o cualquier documento idóneo con el cual se pueda corroborar su dicho”.
La sentencia emitida el 3 de marzo del 2025, emitida por el Juez Fidel Gallegos Figueroa, entonces titular del Juzgado, otorgo el amparo para que, una vez que cause ejecutoria la presente resolución, la mencionada Junta con sede en Guadalajara, Jalisco, deberá ordenar al Banco Santander, con sede en Reynosa, a que destrabe el embargo impuesto en la cuenta bancaria a nombre de la afectada, lo que se deberá acreditar ante este órgano jurisdiccional.

El juez señalo en la sentencia que, la Junta de Jalisco, refirió que dentro de los autos del juicio laboral, fue emitido el proveído de 4 de marzo de 2022, en el juicio laboral 42/2011, en el que se ordenó el levantamiento del embargo de la cuenta bancaria toda vez que en esa fecha los actores, comparecieron a fin de recibir los cheques de la cantidad que estaba pendiente por pagar en relación a un diverso convenio celebrado en el expediente laboral de origen, por lo que en atención a lo anterior, se ordenó el levantamiento del embargo de la cuenta.
De ahí que no existe motivo legal para que la cuenta de la titular, continúe embargada, esto porque a través del oficio presentado ante este órgano jurisdiccional el 15 de abril de 2024, la el Banco Santander en Reynosa, informó que a la fecha continuaba registrado un embargo ordenado por la junta responsable; empero, como se vio, desde el cuatro de marzo de dos mil veintidós, la junta ordenó su levantamiento.
