Juzgado obliga al Ipsset de Tamaulipas, a regresar pensión de viudez a mujer

Sede del Instituto de Previsión y Seguridad Social (Ipsset), en Ciudad Victoria, Tamaulipas, México, América.
Juez Genaro Antonio Valerio Pinillos

Ciudad Victoria, Tamaulipas, México, América.- El Poder Judicial Federal, obligo al Comité Técnico de Pensiones del Instituto de Previsión y Seguridad Social del Estado de Tamaulipas (Ipsset), a reconocer y otorgar la pensión de viudez a una mujer, ello en cumplimiento a la sentencia 1324/2023, que otorgó el amparo porque le fue retirado dicho beneficio, sin que el órgano en mención tenga facultades para ello, violando las garantías de seguridad jurídica y debido proceso.

El Juez Genaro Antonio Valerio Pinillos, titular del Juzgado Primero de Distrito en Victoria, resolvió en la sentencia, el artículo 78 de la ley del Ipsset, establece que si un presunto beneficiario de la pensión por viudez reclame la otorgada a otra persona por el mismo concepto sólo será revocable cuando exista sentencia ejecutoriada en la que se reconozca su derecho a la pensión, por lo tanto la autoridad responsable no está facultada para determinar sobre la revocación o no de la misma otorgada a la mujer, sino cuando exista sentencia ejecutoriada por autoridad judicial.

El cuatro de agosto del 2023, la mujer acudió ante el Poder Judicial Federal en esta capital, para presentar demanda den contra de la dependencia del Ipsset, por el acto unilateral determinado por la responsable, mediante el cual, sin audiencia previa le suspendió el pago de pensión por viudez a partir del 1de diciembre del año 2022, de acuerdo con el oficio y folio 56759 signado por el C Jefe de departamento de pensiones y jubilaciones.

Se advierte que previo a la defunción del pensionista la mujer recibía el treinta por ciento del sueldo y de las demás prestaciones que percibía el fallecido como jubilado de la Secretaría de Seguridad Pública del Gobierno del Estado de Tamaulipas en razón de que fue condenado al pago por concepto de pensión alimenticia a su favor, motivo por el cual la fémina solicitó la pensión por viudez al habérsele otorgado el pago por concepto de pensión alimenticia, pero luego se la retiraron.

Por esas circunstancias, al resultar violatoria de los derechos fundamentales el acto reclamado, el Juzgado emite la sentencia otorgando el amparo para que la dependencia del Ipsset, deje insubsistente la revocación provisional de la pensión por viudez otorgada a la mujer y se pronuncie una nueva en la que subsane los vicios formales destacados, debiendo destacar que lo anterior ya fue dado por cumplido.

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