Condenan a Total Play en Tampico, a pagar antigüedad y otros conceptos a esposa de fallecido

Tampico, Tamaulipas, México, América.- La empresa Total Play Telecomunicaciones, deberá pagar prima de antigüedad, aguinaldo, vacaciones y prima vacacional y horas extras, a la esposa y la hija de un fallecido, ya que mediante la sentencia 321/2024, el Poder Judicial Federal, las declaro beneficiarias del extinto, y de demostró además que dicha empresa tiene un esquema de subcontratación laboral ilegal en perjuicio del de cujus.
La Juez Kenia Alejandría Hernández Flores, titular del Tercer Tribunal Laboral Federal de Asuntos Individuales en Tampico, en lo que respecta a una empresa demandada, la parte actora manifestó que las actividades del de cujus consistían en instalar internet y el servicio de televisión por cable que distribuye Tal Play, así como las reparaciones técnicas de las fallas que llegaran a presentar estos servicios; en contraste, la parte demandada al dar contestación a la demanda negó la relación de trabajo y en cuanto a los hechos los desconoció por no ser propios.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 789 de la Ley Federal del Trabajo, ante la inasistencia de su representante legal o apoderado con facultades para absolver posiciones, se declaró confesas a dos empresas, de las posiciones que fueron articuladas y calificadas de legales, en función de lo anterior, se tuvo por acreditado que, la moral que se beneficiaba directamente de las actividades y trabajo del finado era Total Play Sociedad Anónima Promotora de Inversión.
En otro aspecto, al no haber comparecido personas adicionales que se consideren con derecho y acrediten su calidad para ser declaradas beneficiarias de las prestaciones laborales derivadas del fallecimiento del trabajador, ello como resultado de la investigación de dependencia económica y fijación de convocatorias; de conformidad con los artículos 115, 501, fracción I y 503, fracción VI, del ordenamiento legal invocado, se declara a esposa y al menor, como únicos y legítimos beneficiarios del cien por ciento de los derechos laborales del finado trabajador.
El Tribunal emite la sentencia, declarando a la actora, por sí y en representación del menor, como únicos y legítimos beneficiarios de los derechos derivados de la relación laboral del extinto trabajador; condenando a las demandadas a pagar a la cantidad establecida por Prima de antigüedad, Aguinaldo, Vacaciones y prima vacacional y Horas extras, por lo que ahora deberán pagar, o se iniciara el proceso de ejecución.
