Condenan a la Afore Coppel, a entregar los recursos de subcuentas a padres de fallecido

Juez Cinthia Elizabeth de la Vega López

Ciudad Reynosa, Tamaulipas, México, América.- La Administradora de Fondos para el Retiro (Afore Coppel) deberá entregar los recursos existentes en las subcuentas de retiro y el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit), regresar los recursos de subcuenta de vivienda a los padres de un trabajador fallecido, sumando 22 mil 209 pesos, ya que mediante la sentencia 224/2025, el Poder Judicial Federal, así lo condeno al declararlos beneficiarios de los derechos laborales del finado.

La Juez Cinthia Elizabeth de la Vega López, titular del Cuarto Tribunal Laboral Federal de Asuntos Individuales en Reynosa, resolvió, si los promoventes acreditaron ser padres del extinto trabajador, además que habitaron en el mismo inmueble que su extinto hijo, y que no existen otras personas con mejor derecho de prelación que ellos, conforme al orden previsto en el artículo 501 de la Ley Federal del Trabajo, entonces es claro que, sí les asiste el carácter de beneficiarios del extinto, para efecto de que accedan a los recursos de su cuenta individual de ahorro para el retiro.

En el caso concreto, los recursos de las subcuentas de retiro, cesantía, vejez y cuota social cuya devolución se reclama no tienen otro fin específico, debido a que no servirán para fondear una pensión, puesto que aun cuando existen personas a las que les fue reconocido su calidad de beneficiarias del extinto asegurado, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) les negó la pensión de ascendencia ya que al momento del fallecimiento.

En el caso, cabe destacar que, de la información proporcionada por el propio Infonavit, se advierte que el  extinto trabajador no contaba con un crédito hipotecario, y que actualmente tiene saldo a favor; por lo cual, al no existir un crédito con saldo pendiente de liquidar, no hay motivo para la conservación de esos recursos por el referido instituto, asimismo, dado que los recursos de la subcuenta de vivienda no serán destinados para contratar una pensión, el único destino que se les puede otorgar en el escenario actual es la devolución o entrega a los beneficiarios.

El Tribunal emite la sentencia condenando al IMSS, otorgar la autorización para la disponibilidad de los recursos existentes en las subcuentas de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, y cuota social, propiedad del extinto trabajador; la Afore Coppel, deberá entregar, por partes iguales, a los beneficiarios los recursos existentes en las subcuentas mencionadas; el Infonavit, deberá entregar, a los beneficiarios los recursos existentes en la subcuenta de vivienda.

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