Condenan a la Afore Principal de Reynosa, a entregar fondos de fallecido a su hermana

Principal Afore Reynosa

Ciudad Reynosa, Tamaulipas, México, América.- La Administradora de Fondos para el Retiro Principal Afore, deberá regresar recursos de la cuenta individual de Afore (retiro, cesantía en edad avanzada, vejez y cuota social) de un trabajador fallecido a la hermana del mismo, ya que mediante la sentencia 109/2023, El Poder Judicial Federal, así lo condeno, al declararla única beneficiaria de los derechos laborales del extinto.

El Juez Alberto Martínez Velázquez, titular del Quinto Tribunal Laboral Federal de Asuntos Individuales en Reynosa, resolvió, si la promovente acreditó contar con un lazo personal cercano con el extinto trabajador y que no existen otras personas con mejor derecho de prelación que ella, conforme al orden previsto en el artículo 501 de la Ley Federal del Trabajo, entonces es claro que, sí le asiste el carácter de beneficiaria del extinto, para efecto de que acceda a los recursos de su cuenta individual de ahorro para el retiro.

La Ley del Seguro Social prevé que, tratándose de la devolución de los recursos de la cuenta individual de un trabajador fallecido, estos pueden ser entregados en una sola exhibición a los beneficiarios que expresamente así haya señalado el difunto asegurado, con la única limitante de que dichos recursos no se encuentren destinados a otro fin específico; y, que será la Afore en la que se encontraba registrado el trabajador fallecido, la encargada de entregar el importe.

Por tanto, si en el caso no se actualiza alguno de los supuestos contemplados por la Ley del Seguro Social, a efecto de que la actora tenga derecho a que se le otorgue una pensión en su calidad de hermana beneficiaria, resulta claro que los recursos de la cuenta individual de Afore (retiro, cesantía en edad avanzada, vejez y cuota social) del extinto trabajador, no serán destinados para contratar pensión alguna, por lo cual, el único destino que se les puede otorgar en el escenario actual es la devolución o entrega de la totalidad de los mismos a su beneficiaria.

El Tribunal emite la sentencia condenando al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) al otorgamiento de la autorización para la disposición de los recursos existentes en las subcuentas; a Afore Principal, a la devolución y pago de los recursos existentes en las subcuentas y al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit), a la devolución y pago de los recursos existentes en la subcuenta de vivienda.

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