Anulan todo un juicio hipotecario del Juzgado 1 Civil de Matamoros, por notificación ilegal

Sede del Juzgado Primero Civil en Matamoros, Tamaulipas, México, América.

Matamoros, Tamaulipas, México, América.- El Juzgado Primero Civil de Matamoros, violo las garantías de seguridad jurídica y debido proceso en perjuicio de una persona, al declarar el vencimiento anticipado de un crédito hipotecario y condenándolo, al pago 330 mil 784.25 pesos, sin darle derecho de audiencia, ante lo cual mediante la sentencia 822/2024, el Poder Judicial Federal, otorgo el amparo anulando todo el juicio a fin de que se le emplace conforem a la Ley.

El Juez Edgar Ulises González González, del Juzgado de Distrito en Materias de Amparo y Juicios Federales en Matamoros, resolvió, el Juez Primero Civil de Matamoros, no realizo la totalidad de investigaciones y diligencias señaladas en el presente considerando, incumplió con el artículo 67, fracción VI, del Código de Procesal Civil de Tamaulipas, ya que previo a ordenar la publicación de los edictos para emplazar al demandado, debió llevar a cabo la investigación, en diversas dependencias públicas y privadas, incluso en alguna corporación investigadora.

El Juez de origen ante la petición del apoderado de la parte actora, en auto de 10 de octubre de 2016, ordenó el emplazamiento de la demandada por edictos, ello en virtud de que se obtuvo respuesta desfavorable al requerimiento de 1 de julio de 2016s, efectuado al Instituto Nacional Electoral (INE), a la Comisión Federal de Electricidad (CFE), y a la Junta de Aguas y Drenaje, con el fin de que le informaran si en sus bases de datos obraba domicilio algún.

Se considera que la investigación sobre el domicilio de la parte demandada no podría considerarse exhaustiva si solamente se requieren informes, como se hizo en el caso, INE, a la CFE y la Junta de Aguas y Drenaje, cuya información no resultó útil para lograr el emplazamiento mediante notificación personal, habida cuenta que es un hecho notorio la existencia de diversas personas morales, públicas y privadas, que cuentan con padrones, registros y bases de datos nominales y domiciliarios.

El Juzgado emite la sentencia otorgando el amparo para que, se reponga el procedimiento dejando sin efectos el auto con el que ordenó el emplazamiento por edictos y todas sus consecuencias jurídicas; y de no lograr la localización del demandado, previo a ordenar su emplazamiento nuevamente por edictos, deberá llevar a cabo la investigación para su localización en diversas dependencias tanto públicas y privadas, incluso de alguna corporación policial.

Comparte esta noticia

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *