El Instituto Tecnológico de Victoria, deberá entregar información de vacantes a un ciudadano

Oficinas del Instituto Tecbnlogico

Ciudad Victoria, Tamaulipas, México, América.- La Dirección del Instituto Tecnológico de Ciudad Victoria (ITCV), negó otorgar la información del formato de vacancias de plazas en esta capital, con la excusa de que puede contener información confidencial, en tanto el Juzgado Segundo de Distrito en Victoria, negó el amparo, ante lo cual mediante la ejecutoria 311/2024, Magistrados Federales, revocaron tal resolución y otorgaron el amparo para que se entregue dicha información.

El Magistrado Javier Loyola Zosa, presidente del Primer Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y Civil del Décimo Noveno Circuito en Victoria, dio a conocer la ejecutoria donde se resolvió que, conforme al derecho de petición, la autoridad ante quien se ejerce no sólo debe dar respuesta en breve término al peticionario, sino que debe hacerlo de manera congruente con la petición, aun cuando la respuesta no sea favorable a los intereses del solicitante, debe responder de manera directa y coherente, de modo tal que no se evada la esencia de la solicitud.

El 11 de junio del 2024, el Juzgado Segundo de Distrito en Victoria, emitió la sentencia del juicio 64/2024, mediante el cual negó el amparo a un ciudadano, en contra del oficio No. D-1947/2023 expedido con fecha catorce de diciembre de dos mil veintitrés, donde la dirección del ITCV, niega la información, señalando que puede contener información confidencial, el solicitante presenta recurso de revisión.

El Magistrado Javier Loyola Zosa, a quien correspondió estudiar el asunto, determino que, del examen del fallo recurrido no se advierte consideración alguna que establezca la adecuación necesariamente existente entre los supuestos normativos invocados, con las circunstancias fácticas particulares del caso, para así poder sostener la negativa del amparo de manera fundada y motivada; esto es, se insiste, por qué la información solicitada por el ciudadano, a que se contrae su escrito, constituye información reservada o confidencial, es decir, de qué manera se afecta el interés nacional e internacional, o los intereses sociales o determinados datos personales.

El Pleno Judicial, revoca la sentencia y otorga el amparo para que la Dirección del ITCV, deje insubsistente el oficio reclamado; de inmediato y por escrito emita otro en su lugar en el que, de manera congruente con la petición, ordene proporcionar al quejoso copia cotejada de la información solicitad que en su calidad de sujeto obligado tiene en posesión; con la misma celeridad, ordene su notificación personal en el domicilio señalado para oír y recibir notificaciones.

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